Reglamento de la Ley 29954

Armas Perú Foros Tiro Defensivo Peru – SUCAMEC Reglamento de la Ley 29954

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    LopezLandauro
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    Reglamento de la ley 29954:

    DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS

    Sexta:
    Toda persona natural o jurídica que no cumpla con los requisitos y aptitudes… O POSEA ARMAS 9 mm LUGER O PARABELLUM EN CANTIDADES MAYORES A LAS PERMITIDAS QUE CONTASEN CON LICENCIA, DEBE TRANSFERIRLAS EN UN PLAZO MAXIMO DE 180 DIAS CALENDARIO CONTADOS A PARTIR DESDE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL PRESENTE DECRETO SUPREMO. HASTA LA REALIZACION DE LA TRANSFERENCIA RESPECTIVA, DEBE DE ENTREGAR A LA SUCAMEC SUS ARMAS EN CUSTODIA, SIN PAGO ALGUNO.

    Aunque ya APPLAF estaba trabajando en una Acción de Amparo, les pido a todos quienes estaban pensando hacer lo mismo, COORDINEMOS acciones para luego de una reunión con espero más de 1 abogado, interpongamos la o las acciones de amparo, de forma COHERENTE, CONJUNTA y que el Gobierno vea que ESTAMOS UNIDOS.

    ¿Será posible esto?

    Mi correo es rdll500@yahoo.com

    Rodrigo López L.

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