devolucion de expediente sucamec

Iniciado por foxtrot, 18 de Enero de 2013, 09:00:35 PM

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foxtrot

hola amigos una consulta compre una pistola 9 para con la modalidad de SISPE  presente mi expediente solicitando una licencia 9 parabellum el 26 de octubre 2012 me lo an devuelto el 8 enero 2013 negandome la licencia por esta razon "QUEDA PROHIBIDO IMPORTAR O USAR ARMAS DE CALIBRE 9MM LUGER O PARABELLUM" ley 29954 del 04 dic 2012 bueno an esperado 74 dias  haciendola larga la emision hasta que salga esta ley para darme esta respuesta bueno e redactado un oficio para reclamar este abuso quisiera que lo lean y me den sus consejos o algun detalle que pueda agregarr gracias por sus respuestas

Señor.
Director General de Superintendencia nacional de
control de servicios de seguridad, armas,
municiones y explosivos de uso civil

En repuesta al oficio xxx
ASUNTO: SOLICITUD DE LICENCIA DE POSECION DE USO DE ARMA

pesente.-
de nuestra consideracion :

yo xxxxxx xxxx xxxx identificado con DNI:xxxxxx por medio de la presente
le expreso mi sincero saludo y a la vez hacemos de su conocimiento que
me ha llegado el oficio N: xxx 2012 SUCAMEC-DCAMAC, que indica:
"QUEDA PROHIBIDO IMPORTAR O USAR ARMAS DE CALIBRE 9mm LUGER O PARABELLUM"
por la ley 29954 del 04 de diciembre 2012 cabe señalar las normas rigen a partir del momento
que empieza su vigencia y carecen de efectos retroactivos el ingreso de mi expediente fue presentado
el dia 26 de octubre del 2012 con N# de tramite: xxxxx-12-01 cuando la ley 25054 estaba
vigente asi mismo en el actual tupa presenta lo mismos requisitos por lo antes expuesto
señor director le solicito que ordenea quien corresponda emita mi licencia pues como estipula
el TUPA el plazo para la evaluacion de licencia es de 15 dias habiendo excedido el tiempo de
silencio administrativo son  74 dias hasta la fecha de la devolucion de mi expediente por lo siguiente
si no emiten mi licencia me vere obligado ampararme al codigo penal articulo 376 - abuso de autoridad


                                                                 fechaxxxx firma xxxx

Penaranda1

Por eso es importante lo de la firma de planillones, para detener de una buen vez estos abusos...
Saludos
H
CZ, MAVERICK, WALTHER, FORT, MARLIN, TAURUS, HK, ZASTAVA, NORINCO, BERETTA

asesorum

Buenos días:

En este caso lo que procede es interponer un recurso de reconsideración o de apelación, no es una simple respuesta al oficio, el plazo para interponer el recurso de reconsideración o de apelación es de 15 días hábiles posteriores a la recepción de la resolución que se impugna.

Respecto al extremo de la aplicación del silencio administrativo que señalas en el post, conforme lo establece el TUPA, el silencio administrativo que aplica es el silencio administrativo negativo, por el cual, vencido el plazo para resolver y ante la falta de pronunciamiento de la autoridad competente, el administrado asume que su solicitud ha sido declarada IMPROCEDENTE, distinto del silencio administrativo positivo, por el cual uno asume que vencido el plazo la solicitud es aceptada, pero para ello hay que solicitar su aplicación mediante un escrito.

De cualquier modo, la negativa que te han hecho llegar tiene el carácter de resolución que pone fin a la instancia, así que lo único que te queda es interponer los recursos de impugnación.

Como el recurso de reconsideración se basa en nueva prueba, no creo que sea el mas adecuado; yo sin ser abogado sugiero que se interponga directamente el recurso de apelación, el será resuelto por el superior jerárquico, en este caso el Director General, y debe basarse en cuestiones de puro derecho. Ojo, debe ser firmado por un abogado.

Espero que con esta experiencia todos firman los planillones.

Saludos
Aprende a vivir y sabrás morir bien.

Kike96

De acuerdo con Asesorum, al no ser retroactiva ninguna ley, no se ha procedido de acuerdo a ley. Seria bueno que converses con un buen abogado pues aca tienes mucho material para una buena demanda.
Kike 96
Peace & GLOCK

elchacal


Saludos cordiales:

Totalmente claro y concreto Asesorum, ¿tas seguro que no eres abogado?...pero la verdad si en nuestro Pais permitieran el asesoramiento legal (sin ser abogado) no me importaria tenerte a mi lado en cualquier demanda..de a verdad compañero.


Eso del silencio administrativo, es cierto como bien lo menciona Asesorum, pues en el caso de la ex-discamec (hoy SU.CAMITA) el tema va por silencio NEGATIVO...pero como bien dice Kike96.... hay carnecita en lo de RETROACTIVIDAD IMPROCEDENTE, y tu abogado ahi si tiene polvora para quemar.

Fuerte abrazo.

"Pocos ven lo que somos realmente, pero todos ven lo que aparentamos"

jcc2

Tampoco soy abogado pero considerandose una licencia de seguridad SISPE, vale decir, para una persona que TRABAJA EN SEGURIDAD, al negarle la licencia le estarian recortando el derecho al trabajo... Creo que cualquier abogado con estos argumentos presenta una accion de amparao y la gana.

Saludos,

Juan Carlos

supayhuahua

Eso significa que este aberrante ley tambien prohibe el uso de 9 para al personal de resguardo y seguridad ?

Jimmy Ringo

Estimados coforistas:

El caso de foxtrot, es un caso claro de que aquí no hay leyes claras ni chocolate espeso, pues se contravienen los considerandos, imagínense partiendo de la premisa expuesta, que alguien hubiera hecho uso de su arma 9mm. Luger o Parabellum en defensa propia poco antes del 04 de diciembre y producto de ello un delincuente muriera, como el Juez que despacha el caso lee el expediente hoy y se alinea a las leyes vigentes (ley 29954 del 04 dic 2012), pues el portador del arma va preso porque al día de hoy está prohibido este calibre para uso civil.

Lo propuesto por Penaranda1 me parece que podría ayudar, pues cuando la voz del pueblo y sobre todo de los ciudadanos correctos usuarios de armas dentro de la legalidad (como somos nosotros), se hace escuchar, es que casos como este cesan.

Sobre lo indicado por asesorum, no entiendo porque en este país hacemos las cosas difíciles si pueden ser fáciles, "el expediente tiene una fecha anterior a la promulgación de la Ley", esto aseverado también por Kike96 y comentado por elchacal. Me alegra saber que también están a favor de seguir con lo de los planillones, pues habría que agregar más observaciones del actuar de Dicscamec y del Ministerio del Interior, esto observado ya por la APPLAF.

Un amigo

Jimmy Ringo

TOPGUN

Cita de: Jimmy Ringo en 20 de Enero de 2013, 01:04:42 PM
Estimados coforistas:

El caso de foxtrot, es un caso claro de que aquí no hay leyes claras ni chocolate espeso, pues se contravienen los considerandos, imagínense partiendo de la premisa expuesta, que alguien hubiera hecho uso de su arma 9mm. Luger o Parabellum en defensa propia poco antes del 04 de diciembre y producto de ello un delincuente muriera, como el Juez que despacha el caso lee el expediente hoy y se alinea a las leyes vigentes (ley 29954 del 04 dic 2012), pues el portador del arma va preso porque al día de hoy está prohibido este calibre para uso civil.

Lo propuesto por Penaranda1 me parece que podría ayudar, pues cuando la voz del pueblo y sobre todo de los ciudadanos correctos usuarios de armas dentro de la legalidad (como somos nosotros), se hace escuchar, es que casos como este cesan.

Sobre lo indicado por asesorum, no entiendo porque en este país hacemos las cosas difíciles si pueden ser fáciles, “el expediente tiene una fecha anterior a la promulgación de la Ley”, esto aseverado también por Kike96 y comentado por elchacal. Me alegra saber que también están a favor de seguir con lo de los planillones, pues habría que agregar más observaciones del actuar de Dicscamec y del Ministerio del Interior, esto observado ya por la APPLAF.

Un amigo

Jimmy Ringo


si la liscensia esta al dia no hay ningun problema. , osea que si usas o tienes una 9pb vigente no pasa nada  hasta que vencida no la quieran renovar alli el dilema.
Yo fui personalmente a sucamec y el jefe de liscensias empresariales me dijo  que mi liscensia mientras este vigente alli se queda. 
UR NOT A NAVY SEAL UNTIL U EAT ITALIAN STEEL

TOPGUN

sino les saco la m en la corte porque NO EXISTE RETROACTIVIDAD.
UR NOT A NAVY SEAL UNTIL U EAT ITALIAN STEEL

foxtrot

Me volvieron a negar me mandaron otro oficio dice NO HAY RAZON ALGUNA POR LA DEBA APLICARSE LA ANTIGUA LEY A SITUACIONES AUN NO CULMINADAS NACIDAS CON ANTERIORIDAD SE DEBERA APLICAR LA NUEVA REGULACION PARA AQUELLOS PROCEDIMIENTOS FUTUROS O AQUELLOS QUE AUN SE ENCUENTREN EN PROCESO DE DESARROLLO Bueno ahora sigui el consejo de asesorum y les mande un recurso de apelacion ultimo paso de ahi a proceder a denunciarlos por abuso de autoridad que === esta sucamec tiene una ley que aun no esta reglamentada y se descoce los demas requisitos y condiciones para el cumplimiento de la mencionada ley

dannycopyright

este caso esta bien sabroso.........a ver que dicen estos genios......

TOPGUN

Cita de: Jimmy Ringo en 20 de Enero de 2013, 01:04:42 PM
Estimados coforistas:

El caso de foxtrot, es un caso claro de que aquí no hay leyes claras ni chocolate espeso, pues se contravienen los considerandos, imagínense partiendo de la premisa expuesta, que alguien hubiera hecho uso de su arma 9mm. Luger o Parabellum en defensa propia poco antes del 04 de diciembre y producto de ello un delincuente muriera, como el Juez que despacha el caso lee el expediente hoy y se alinea a las leyes vigentes (ley 29954 del 04 dic 2012), pues el portador del arma va preso porque al día de hoy está prohibido este calibre para uso civil.

.

Un amigo

Jimmy Ringo


El juez caeria en prevaricato ya que si el señor que se defendio tenia su liscencia al dia , y las leyes no son retroactivas no iria a ningun lado. Mientras este al dia su liscensia al dia todo ok. Caso contrario si aplica , teniendo una liscensia vencida se vuelve ilegal y esa es otra ley el prohibir uso de algo no lo vuelve un delito porque no esta tipificado , pero si esta tipificado el porte ILEGAL de armas.
La ley esta mal redactada pero de acuerdo a sucamec y sus comunicados a partir de 4 de dic ya no emiten liscensias ni a POLICIAS!! por lo que hace efecto su uso.
Si en su ley dijiera o el nuevo reglamento en una resolucion que las liscensias emitidas hasta el 3 de dic ( y hay un monton) automaticamente se anulan y nos mandan al domicilio registrado dicha comunicacion y seguramente un plazo ( amistia ) para venderlas o internarlas o derretirlas jajjaj seria otra cosa.

mientras nada de lo anterior pase, el señor que solicito antes debe presionar para que se la den , y los que tienen al dia no preocuparse hasta ver el reglamento que dice y sino dice nada esperar a su renovacion y con un abogado pelear el DERECHO ADQUIRIDO.

slds

TG,
UR NOT A NAVY SEAL UNTIL U EAT ITALIAN STEEL