Consulta sobre leyes o reglamentos para abrir poligono no armas de fuego

Iniciado por coscorron, 03 de Febrero de 2012, 04:14:37 PM

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coscorron

Solicito a los amigos del Foro si pueden apoyarme con la Reglamentación, para abrir un polígono de Tiro con Armas NO de fuego, quiero decir armas de resorte, aire y/o eléctricas, ¿Hay reglamentos a nivel Nacional para estas armas que en otros lares las llaman armas de juguete o Toys?
El motivo es por estar viviendo en la Region San Martín y con los movimientos narco-terroristas por estos lares me es difícil la aprobacion para un polígono normal, por lo cual he decidido abrir un polígono con armas que disparen balines, o armas de Airsoft (sean estas de resorte, aire o eléctricas); mi anhelo es este, aparte de un lugar de práctica de Airsoft, Field Target, Campismo, Rapel, entre otras cosas, donde la gente de todas las edades se pueda divertir sin necesidad de estar bebiendo alcohol o haciendo más gente.
Espero respuestas.... ???
Muchas gracias
Coscorron  



Editado: Por exceso de mayusculas en titulo.

AAV9MM

Que tal COSCORRON, en DICSCAMEC puedan darte información sobre lo que buscas ya que esta se encuentra relacionada con los polígonos; obviamente en donde se usan armas de fuego y tambien de aire pero seguro que te pueden ayudar. Otra opción sería que vayas a alguna armería con polígono y consultes lo que necesitarías para poder abrir la galería de tiro que mencionas. Espero que los expertos del foro puedan darte mayor información.

Saludos.
- Alvaro -

coscorron

Se agradece tu respuesta, el único detalle que estoy en la Región San Martin, y es muy oneroso los traslados a la capital.
Gracias de todfos modos.
Coscorron

AAV9MM

Oh ok, lei mal, pensé que te referías a San Martín de Porres, igual en todo caso pudes consultar en alguna armería de algún lugar cercano o tal vez podrías llamar por teléfono desde San Martín a la DICSCAMEC para que te puedan ayudar telefónicamente; aquí te dejo algunos números para que te puedas comunicar, te deseo lo mejor con tu proyecto.

Saludos.

Teléfonos : 264-1826  264-3970  264-3971  264-3972   264-3973
Correo Electrónico:  dicscamec@mininter.gob.pe
Central Telefónica-anexo: 101-0 Informes-anexo: 117 - 118
     
- Alvaro -

asesorum

La pregunta es: ¿se requiere licencia para un polígono de armas neumáticas?
Aprende a vivir y sabrás morir bien.

coscorron

Se agradece a AAV9MM por su interes a dar solución de este mi dilema, y realizaré lo indicado, pero como pregunta ASESORUM, se necesita licencia Dicscamet para un Polígono de armas neumáticas?. Por favor apoyo

Gracias

Penaranda1

#6
mmmm.... interesante.




Yo recuerdo que habian "ferias de pueblo" que iban junto con los circos. Y en ellas habia opcion de disparar con carabinas pneumaticas (muy viejas). Pero eso fue hace mucho tiempo....

Saludos

Henry

Post Merge: vie 10 feb 2012 10:46:52 GMT+5

ADDEMDUM:

En el TUPA-MI (TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR) existen dos items que pueden dar luces al respecto:

No. DE ORDEN 11. (Autorizacion de) FUNCIONAMIENTO DE GALERIAS DE TIRO
No. DE ORDEN 12. AUTORIZACION PARA USO DE ARMAS DE FUEGO EN GALERIAS DE TIRO (EN FUNCION A SU AUTORIZACION).

Creo que el primer caso aplica para usted. Pero de todos modos, pregunte en DICSCAMEC. Pero recuerde que el costo puede ser elevado (alrededor del 20% de una UIT).

Ademas debemos consultar:

  • Ley Nº 25054 publicada 20JUN1989.
  • Reglamento DS Nº 007-98 publicado el 05OCT1998

Saludos

Henry
CZ, MAVERICK, WALTHER, FORT, MARLIN, TAURUS, HK, ZASTAVA, NORINCO, BERETTA