"La LEGITIMA DEFENSA termina , en el momento que CESA LA AGRESION"

Iniciado por NIGHT HUNTER, 21 de Febrero de 2012, 08:36:27 AM

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NIGHT HUNTER

No seamos Vehementes y por un momento analisemos este video , subido por el mestro Chacal:


                      http://www.youtube.com/v/pCAwjdJSDwk?

לילה האנטר   TDP-Zona Norte

gyapur

Sabes lo que me da mala espina? que despues de haber visto en el otro video como los policias hacen el parte como les da la gana, que seguridad tenemos de que aqui no se esta haciendo lo mismo?

Porque el 4 no entrevisto a los medicos legistas que hicieron los partes? porque entrevista a otros que no han estado presentes ni han visto los cuerpos?

Creo que la policia deberia exhumar los cuerpos y volver a hacer las pericias, y que incluyan peritos ajenos a la policia (de preferencia del extranjero)
El mundo cambia con tu ejemplo, NO con tu opinión.

mustang

#2
Un protocolo de necropcia es una prueba fehaciente y muy dificilmente manipulada , el como ha sido vulnerada su confianzabilidad seria otro motivo de investigacion puesto que mientas dure el proceso son datos y pruebas invulnerables que no deben ser difundidas para no entorpecer la investigacion.

    Otro asunto es la prueba de reabsorcion atomica en las manos de los delincuentes presentadas por la familia y que son autenticas , que comprueba que no efectuaron disparos y que no concuerda con  la supuesta declaracion del amigo MIGUEL, ademas de la direccion de los proyectiles que muestran que uno de los tiros fue hecho de forma lateral y el otro definitivamente por atras de la cabeza, por lo que existe mucha incongruencia entre la primera version del Sr llanos y los resultados de la necropcia.

    Parece que aqui hay  mucho mas que una simple y autocomprensible LEGITIMA DEFENSA , esperemos los resultados.


atte
Juan Rivas
juan rivas:.

PPBERSA

encontré esta información que podría ser util...saludos...

PPBERSA



LA LEGÍTIMA DEFENSA

Se entiende por legítima defensa o defensa propia la acción por la cual una o más personas repelen la agresión de otra u otras de tal suerte que causan un daño, en principio, castigado por las normas penales, pero que el legislador considera como eximente de la falta o delito.También podría definirse como acción justificada que ejerce un individuo con el propósito de proteger su persona ante la amenaza de una agresión inminente, en este caso defensa personal.

Para que se den las condiciones de legítima defensa se requiere, en la mayoría de las legislaciones:

1.-Que la respuesta a la agresión sea proporcionada.
2.-Que se haga para defender la propia integridad o la de personas en peligro, especialmente si son familiares o al cuidado del que la alega.
3.-Que se haga en el momento de cometerse la primera agresión y no después como venganza.

La legítima defensa puede ser propia o ajena y debe cumplir unos requisitos:

1- Agresión ilegítima:

a)Todo acomiento injusto que pone en peligro intereses juridicamente protegidos. No son sólo acometimientos físicos, sino también atentados contra derechos. Cabe legítima defensa tanto de personas jurídicas como de persona físicas.

b)Tiene que haber un riesgo real y actual. No basta con que el que se defiende crea que existe un peligro, es preciso que la agresión ilegítima sea provada, no solo figurada. Además el peligro ha de ser actual, la defensa ha de producirse en el momento donde se produce el peligro, si la defensa no es actual no será defensa sino venganza.

2- Necesidad Racional del medio empleado:

Se exige una defensa bastante y suficiente para repeler la agresión, una defensa adecuada y racional a la experiencia humana.

Hay Jurisprudencia que entiende que si hay medios menos lesivos para repeler el injusto no puede aplicarse legítima defensa.
En esta situaciones habría que valorar elemetos subjetivos de porqué se excede de esa racionalidad; el sujeto se puede encontrar en un estado anímico especial o un estado de miedo que impide reflexionar con claridad. Hay otra parte que entiende que la fuga es el medio racional, aunque esto implica que el injusto agresor continuará otro dia con la agresión.

3- Falta de provocación suficiente:

Cuando no hay provocación suficiente no puede haber agresión legítima por parte del provocado y será éste el injusto agresor. Si hay provocación suficiente, el provocador no puede ampararse en la legítima defensa si el provocado comete una agresión ilegítima. La riña mutuamente aceptada excluye la legítima defensa, en el duelo ambos son agresores ilegítimos y provocadores suficientes.

Consecuencias Legales en la Defensa Personal

Debido a la creciente inseguridad en las grandes ciudades cada vez más personas muestran una preocupación sobre el aprender a defenderse en una situación de peligro. Sin embargo, legalmente el estar involucrado en una situación de éste tipo conlleva a ciertas consecuencias, que pueden llegar a complicarse tanto para el agresor como para el agredido.

Lo primero que se viene a la mente es el portar algún arma para la protección personal, sin embargo en la mayoría de los países esto tiene consecuencias legales, y por lo general es algo no permitido. (Dependiendo de las leyes en cada país). Comenzando por el concepto de arma, legalmente no solamente se limita a un arma de fuego o arma blanca, sino todo aquello que aumenta el poder ofensivo de una persona pudiendo ocasionar lesiones o la muerte.

Como consecuencias legales, o desde el punto de vista de la ley, el concepto de "legitima defensa" implica el hecho de haber actuado de manera racional para la protección de uno mismo o un tercero ante una agresión ilegitima. Se debe de comprobar que ante el hecho de haber optado por un enfrentamiento, respondiendo al hecho que fue imposible evitar, teniendo esto como última opción al no poder neutralizar la situación o huir de la misma.

En el caso del uso de objetos que pudiesen calificar como armas, legalmente se califica como arma cualquier objeto que carezca de aplicaciones laborales o recreativas, y que su uso sirva para agredir. Por ejemplo un cuchillo de cocina puede calificar como arma blanca según la situación.

Por ejemplo, el transportar un equipo de cuchillos de cocina, se pueden considerar como arma blanca, desde el punto de vista legal y judicial; a menos que estos sean transportados en un estuche o compartimiento especial para éstos y este sea cerrado con llave. La diferencia entre calificar la peligrosidad de portar un objeto esta en el hecho de su disponibilidad de uso, ya que no es lo mismo una persona que trae estos cuchillos por la calle sin ninguna seguridad o portándolos en la mano (lo cual representa un peligro potencial y amenaza a los ciudadanos) y alguien que los transporta en un estuche especial cerrado con llave y sin que se note el contenido del estuche o maletín.

El verse implicado en una situación de conflicto (aunque uno sea el agredido en primera instancia) con un objeto que califique como arma, conlleva a consecuencias legales y judiciales para el agredido y más aún si el agresor salió herido o perdió la vida por el enfrentamiento, en estos casos en necesaria la intervención de un abogado especialista para la evaluación de la situación y como se desarrollaron los hechos.

IMPORTANTE:

Lamentablemente la mayoria de la Gente, proyecta hacia afuera lo que sucede a su alrrededor, robos, hurtos, agresiones, toma de rehenes, violaciones, asesinatos, etc., no tomando conciencia de que nadie, absolutamente nadie, esta excento de que le suceda lo mismo. Lo miran como un espectador y no se dan cuenta que en un momento de descuido pueden ser los protagonistas.

El matador

Con un disparo que entro por la nuca y salio por el parietal frontal, este muchacho ha disparado por atras al malviviente. Los examenes en cuanto a las reacciones ante presencia de polvora han dado negativo en los ladrones.

Claramente, en base a todos estos resultados,este hombre se extralimito (exceso de legitima defensa). Aqui, en argentina, vas preso de por vida ( mas con el gobierno que tenemos y los derechos humanos).

Una pregunta, el muchacho tenia portacion?

momens

lo de la absorción atomica es aceitable o variable, pero en el orificio de entrada de la cabeza no hay duda que fue un tiro por la espalda o quizas en la huida despues del fuego cruzado fue alcanzado por la bala.
Complicado el tema, el que puede sale y el no adentro.
Momens 9mm

El matador

Lo que me llama la atencion es que este Sr. No se encuentre con prision preventiva. Que siga con su arma, y no se la encautaron para algun tipo de peritaje. 12 COSTILLAS ROTAS, vamos hombre, eso no es legitima defensa. En una de esas demuestra ESTADO DE EMOCION VIOLENTA. Aunque el muchacho al dar explicaciones al reportero hablaba con total naturalidad sobre los hechos.

Repito a uno le disparo por atras, y al otro lo remato de costado.
Ojo, no digo que esos dos ladrones no se lo merezcan, pero eso claramente es venganza y zaña.
Y ESTOY TOTALMENTE DE ACUERDO CON EL ASUNTO DEL POST., L.Defensa termina cuando el agresor cesa la agresion y se retira.

Un saludo

gyapur

#7
Solo para aclarar, el arma SI esta incautada hasta el fin de las investigaciones, no se la han devuelto.

Sobre las 12 costillas rotas, el mencionado señor aclara que al momento de irse de la escena atropello a un delincuente que estaba en el suelo, y el mismo medico legista dice que es casi imposible que le rompan 12 costillas a una persona a mano limpia, sobre todo las primeras que estan muy ocultas, y que esto se pueden deber a un aplastamiento (consistente con la version de Llanos). Convenientemente el medico legista NO especifica si las costillas se rompieron antes o despues de la muerte

Sobre las balas en la cabeza, hay que recordar que los seres humanos tambien tiene cuello  ;) por lo que al girarlo puedes presentar la nuca a alguien sin estar de espaldas a el. Y todos los tiros se producen en movimiento, por lo que no podemo ser muy simplistas.

Me parece un poco ligero hablar aun de extralimitaciones, sobre todo con el escandalo de corrupcion que se acaba de destapar precisamente en la dinincri.

La verdad es que el unico que sabe que paso es Llanos.
El mundo cambia con tu ejemplo, NO con tu opinión.

1800cc

Y que querian que el ó los delincuentes lo hieran o lo maten para justificar el empleo de la violencia.
Para todos esos analizadores de escritorio y/o sofá es muy fácil vertir versiones como contar cuentos mas bien ellos si son expertos insuperables manejando el MICROFONO o LA PLUMA, otra cosa es estar en el fragor del enfrentamiento donde no hay medida ó límite de los actos o reacciones quizas sí ....pero como medir o que piensan que Llanos primero debía preguntarles que tipo de armas tenían y si pensaban dispararle???????
Estoy muy de acuerdo con GYAPUR
La verdad que algunas opiniones son bien ingenuas y necias o los opinantes son ingenuos

Saludos

asesorum

Como bien han dicho, el único que sabe lo que realmente paso es el propio Llanos.
Lamentablemente parece que las pruebas y pericias no lo favorecen en absoluto, yo por mi parte me reservo mi opinión, porque mi opinión tampoco ayudará en nada.
¿Se pueden arreglar las pericias? por supuesto que si, todo se compra y todo se vende. ¿eso ha sucedido en esta ocasión? no sabría decirlo, no tengo pruebas para ello.
Por eso he repetido en este foro en mas de una ocasión ... la justicia es para quien la pueda pagar. ¿vale la pena ser quijote y enfrentarse a los molinos de viento, esperando que la justicia nos de la razón por el simple hecho de pensar que la tenemos? yo no creo en los quijotes, y mi recomendación es que si hay que aceitar, aceita aunque ello implique un conflicto moral y ético, prefiero avergonzarme de ser un corruptor en mi casa, que lamentarme de ser un ingenio en la carcel.
Tenemos que tener presente que este caso será el estandarte de los desarmistas y todos debemos estar atentos a sus resultados, les aseguro que existen muchos intereses creados detrás de este caso
Aprende a vivir y sabrás morir bien.

sniper panama

Buenas como experto en criminoligia no se puede catalogar el caso como defensa, adicional el implicado muestra signo comunes de culpabilidad en la entrevista realizada por lo tanto las autoridades competente deben estar armando los tres pasos para poder hacer la incriminacion, ese sujeto tambien muestra signos de persona agresiva, lo mas probable es que haya un trasfondo emocional (celos)u otro motivo por el cual haya procedido a montar esa escena de robo queriendo argumentar su falta, es un grasso error que el sujeto aun mantenga el arma incriminada en su poder la misma debe reposar en los estamentos de seguridad ya que son ellos los responsables de determinar a traves de la traza balimetrica el arma asesina.

santacruzG25


El matador

Repito, un deliencuente tiene un tiro en la nuca que le salio por su parietal frontal (demostrado) y el otro un tIro de costado, de arriba hacia abajo ( demostrado) por lo que lei. Este tipo esta hasta las pelotas. SALVO QUE TENGA TODA LA PLATA DEL MUNDO, este tipo NO ZAFA NI EN PEDO. Va PRESO DE ACA A LA CHINA.

Vuelvo a pregunar, TENIA PORTACION O SOLO ERA LEGITIMO USUARIO.?

santacruzG25


El matador

Cita de: santacruzG25 en 22 de Febrero de 2012, 08:03:47 PM
AMBOS.

SniperPanama ¿Que signos de persona agresiva?

Gracias. Entonces tiene un problema menos.

Un saludo.