Internamiento Definitivo

Iniciado por luchocas, 02 de Junio de 2010, 09:48:31 AM

Tema anterior - Siguiente tema

luchocas

Solicitè para un amigo residente en el extranjero, pero peruano y que regresa dos veces al año, una resoluciòn de internamiento por un rifle y una escopeta, nuevamente y por segundo año consecutivo me la entregan por INTERNAMIENTO TEMPORAL. Siendo que es un tramite caro, engorroso, que incluye pagos de sobrepeso por el transporte de las armas, etc. pregunto:¿Tiene un peruano residente en el extranjero derecho a internar sus armas de manera definitiva o no?, es lo que dice el TUPA y los funcionarios se agarran de puras incongruencias, alguien tiene una experiencia similar?

Saludos y gracias por sus respuestas!!
¡Saludos y buena caza!

www.cazaperu.com

Mandragora

Bueno me salgo un poco del tema pero señor luchocas tengo una consulta si no es molestia, al solicitar internamiento definitivo se renuncia al arma o armas?... y de ser asi por que mejor su amigo no le envia un contrato de compra y venta legalmente notariado o una carta poder y se las transfiere a su nombre, digo por que si usted tiene a bien servir a su amigo y su amigo ya no quiere sus armas mejor seria esa la salida y si usted tampoco las quiere bueno siempre habra un buen samaritano =) . Un abrazo

luchocas

el internamiento definitivo no es a los almacenes de la Discamec o para fabricar arados, es al pais y para que las pueda usar cuando le plazca. Siempre viene de vacaciones y queremos que tenga licencias definitivas y no tener que estar entrando y saliendo con las armas, es un tramite engorroso y caro aqui y allá, sin contar los sobre pesos que cobra la linea aerea y las posibilidades de que se "pierdan"...
¡Saludos y buena caza!

www.cazaperu.com

DELIRIO

Interesante su caso, podria especificar que clase de armas (marca, calibre)y detallarnos usualmente cual es el tramite que realiza y los costos altisimos que realiza.
Realmente tenemos la intecion de ayudarlo y colaborar con su caso pero, seria adecuado una explicacion mas extensa para buscar la major salida.
Dios - Patria - Humanidad

RCAB

agarrandose un poco de la ley, si tu amigo vive en el extrangero, viene 2 veces al año, pero en su DNI, tiene digamos la direccion de su mamá, entonces las armas deberian estar en casa de su mamá con las licencias, esto dupone que si algun dia entra la policia a la casa de su mamá y pregunta de quien son las armas, ella responde son de mi hijo que vive aqui.

luchocas

la direccion que tiene es la de USA y ejerce todos sus derechos cu¡iudadanos como votar, solo quiere ingresar su carabina y escopeta para no hacer el tramite cada vez que viene, por lo general dos veces al año. El tramite esta considerado en el TUPA, el costo es de 205 soles, mas todas las copias que solicitan y luego el tràmite de la licencia como cualquiera, solo que si le dan ingreso "temporal", le ponen vencimiento con su salida del pais y no los 5 años. ¿Cual seria el problema de dejarla en casa de familiares?
Saludos y buena caza!!
¡Saludos y buena caza!

www.cazaperu.com