poseer armas de fuego con licencia vencida , motivo de denuncia penal???

Iniciado por RONNIE_GLOCK25, 11 de Febrero de 2010, 10:54:07 PM

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RONNIE_GLOCK25

Ronnie Fernández                 
. / .

Polpaul

mmm....
entonces cual debería ser el procedimiento en el caso de un fallecimiento_?
se deberá esperar a una amnistía de la dicscamec?
Buena info Ronnie.... gracias (aunque se me han puesto los pelos de punta)
P
Entretenedor de cuerdos

ccoello

Interesante punto y verdaderamente preocupante, aunque debemos tener en cuenta que la prensa siempre exagera las cosas, mientras no exista un pronunciamiento formal de la Dicscamec no deberia proceder la información dada.

Ahora bien, sin ser abogado, supongo que tras el fallecimiento de una persona se debe llevar a cabo una sucesión intestada (declaratoria de herederos) y luego la repartición de los bienes, entre ellos , deberían estar las armas de fuego, luego que el Notario o el Juez determinan que los bienes muebles o inmuebles pasan al heredero formal y dicha sucesión es debidamente registrada en los Registros Públicos, la Dicscamec debería recepcionar esa documentación y proceder a la transferencia, es lo que pienso que debería pasar, ya que , no tendría sentido que al fallecimiento de una persona y teniendo herederos legítimos y directos se deba entregar las armas para su destrucción !!!, eso no tendría sentido....

Tal vez alguien que este más enterado del asunto pueda darnos mas luces al respecto...

Pero si les digo, que si la comunicación o información no es emitida formalmente por la entidad competente, yo no hago caso, jejeje

Saludos
Cesar Coello .·.
Surco266 /Idpa-Peru

colt 45

Saludos .

totalmente  de cauerdo mi estimado  amigo, esperar  hasta   un  pronunciamiento oficial

claro esta  que  si el rios  suena  es por que piedras trae

Pdta.
Cita de: ccoello en 12 de Febrero de 2010, 08:38:24 AM



Pero si les digo, que si la comunicación o información no es emitida formalmente por la entidad competente, yo no hago caso, jejeje

Saludos

Osea que Ronnie nos pasa  el dato por las puras ? jjajajajjajaja  A  si no es peeeeeee jajjajjaja



NVP

gyapur

Este es el jueguito de la ONG caviar Instituto de Defensa Legal (IDL) que hace años esta tras el desarme total en el pais.

Estan muy infiltrados en DISCAMEC, incluso ellos en combinacion con el PNUD, son los que les pagar a DISCAMEC 5 dolares x cada arma destruida. Y son los que recomiendan ponerle las mil y un trabas a los usuarios legales de armas para desanirmalos (aumento de los costos de renovar licencias, pedir mas y mas ceritificados, aumento de los costos de importacion de armas a las tiendas, tramites engorrosos, etc).

Son gente cerrada, he tenido la desgracia de conversar con algunos y son completamente obtusos, no quieren ningun punto intermedio y no van a parar hasta que NADIE tenga un arma, porque segun ellos "ningun civil esta capacitado para usar un elemento altamente destructivo como un arma de fuego" (cita textual)

Si esto es cierto, habria que ponerse de acuerdo para interponer acciones legales YA. Un arma con licencia vencida no es tenencia ilegal, no se puede pasar a la ilegalidad un bien solamente por una demora en un tramite administrativo, a lo mucho podria ser una tenencia irregular.

Ademas, un arma es un bien mueble, propiedad absoluta del dueño, por tanto ni DISCAMEC ni nadie puede atribuirse el derecho de decir que no son heredables ni estupidez parecida. Para eso tendria que haber un proceso de expropiacion y una indeminizacion.

Recominedo averiguarse el nombre del "funcionario" que declaro eso, y mandarle una carta notarial, avisandole que se le puede iniciar un proceso legal por dar informacion tendenciosa y falsa. A ver si asi se le quitan las ganas de seguir "declarando".

Por lo menos yo voy a tener una conversacion con mi abogado...

Saludos
El mundo cambia con tu ejemplo, NO con tu opinión.

RCAB

Bueno es cierto, hay que esperar una comunicacion formal, pero esperemos enterarnos de la comunicacion formal. Pero si esot tipos no solo son unos cerrados, sino que no les da la gana de entender, o quizas si, lo que pasa que no hay mejor terco que el que no quiere entender.

cz-83

Es solo hacer cumplir con lo dispuesto por ley, nadie puede poseer un  arma de fuego sin licencia, si estamos inmersos en el comentario publicado tenemos 3 opciones: Entregar el arma (no lo creo), Tramitar la liucencia a nombre nuestro (la sucesion intestada sugerida por Cesar, es una magnifica salida, asi que a tener en cuenta de suceder) o finalmente al no conseguir lo anterior acogernos a una anmistia.

Un abrazo amigos
toda Victoria Innecesaria es un Asesinato
CZ Team

juan_castro

cuando hice curso en la discamec, en legislacion nos dijeron,
cuando la el titular de arma fallece, lo primero que hay que hacer es internar el arma en la discamec,
y luego presentar una sucesion instestada, para que el hijo pueda reclamar el arma.

aqui tengo un lista sobre infracciones, que nos dieron en el curso de legislacion,

- no internar en calidad de deposito las armas de personas fallecidas (L)
-primera vez.... incautacion,
-segunda vez......
-tercera vez.....
art, 82" del D S no 007 96 in.

otra:
- no portar la licencia de posesion y uso, al momento de llevar consigo el arma (L)
-primera vez.. apercebimiento o incautacion
-segunda vez .. multa de 2% UIT e incautacion
-tercera vez... multa de 5% UIT e incautacion.
art.79, 158" b del D S  no 007-98-in

otra:
poseer y/o portar armas de fuego con licencia de posecion y uso vencida.
-primera vez... multa de 5% UIT e incautacion
-segunda vez... multa de 10% UIT e incautacion
-tercera vez.... multa de 15% UIT y decomiso
art. 15" 2, del D S no 015-2002- in

si me equivoque en algo, o cambio la ley , me corrigen.
aqui dice se publico en el peruano el 22 noviembre 2005.


saludos..
Dichos populares:

- hay dos cosas que no se pre

elchacal

Felicitaciones a CZ-83 y a juan_castro:

..Veo que ambos si hicieron la tarea...

Eso es lo que la ley manda y si no se hace...gueno....


Citar

CAPITULO I
POSESION DE ARMAS


Artículo 82o.- En caso de deceso de un poseedor de armas, si éste fallece intestado, el representante legal de la sucesión o los presuntos herederos, entregarán en depósito las armas a la DICSCAMEC, hasta que se declare judicialmente al o los herederos legales, quienes a su turno, tramitarán las licencias o las autorizaciones de venta correspondientes.
Se sujetan a idéntico procedimiento los representantes, albaceas, herederos o legatarios de quienes fallezcan dejando expresada su voluntad mediante testamento en cualquiera de las formas permitidas por la ley.



RESOLUCION MINISTERIAL
No 1032-98-IN/0101


SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Establézcase y apruébase la Tabla de Infracciones a la Ley No 25054 y su reglamento con sus correspondientes sanciones, de acuerdo al Anexo No 01; que forma parte de la presente Resolución Ministerial.


ANEXO No 01
TABLA DE INFRACCIONES A LA LEY No 25064 Y SU REGLAMENTO CON SUS CORRESPONDIENTES SANCIONES

INFRACCIONES:
A.- LEVES
.


09.- La no Renovación en el plazo establecido
de la Licencia de Posesión y uso de arma de
fuego.

SANCIONES:
Apercibimiento escrito


:::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::

INFRACCIONES:
B.- GRAVES.


15.- A los que posean o usen armas de fuego
o municiones sin haber recabado la respectiva
licencia,

SANCIONES:
Multa" -
Incautación
.



Mas, habria que seguir escarbando en nuestra legislacion VIGENTE, y si lo hace un abogado mucho mejor...

Por ultimo habra que ver si en el congreso han propuesto o van a presentar nuevamente modificaciones o cambios, que se opongan a la actual legislacion...vaya uno  a saber que sorpresita nos traen las ONGs con sus asalariados infiltrados en todas las dependencias del estado, especialmente en el MI.

..Alguien dijo ya.."Si el rio suena es..." y la noticia de marras originalmente lo publico nuestra Agencia peruana de noticias (ANDINA)....


http://www.andina.com.pe/espanol/Noticia.aspx?id=9rvjXVtlA5M=

http://www.andina.com.pe/espanol/Noticia.aspx?id=FPCsVRzLES0=

...Y si mal no estoy deduciendo, la noticia que inicia este post debe estar "cocinada o digerida de este comentario del director en ese momento....

Citar
Lima, ene. 20 (ANDINA).- Aproximadamente tres mil armas de fuego que estaban en posesión ilegal decomisó la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil (Dicscamec) en todo el país durante 2009, informó su titular, coronel PNP (r) Ricardo Ganiku.
La mayoría de las incautaciones se produjeron en La Libertad, concretamente en la ciudad de Trujillo, y en muchos casos las armas pertenecían a delincuentes comunes o estaban en posesión de personas que no contaban con licencia.

Afirmó que las armas serían fundidas entre el 1 y 4 de marzo, coincidiendo con dos reuniones internacionales sobre transparencia en materia de armas, y que su despacho determinará qué tipo de herramienta agrícola se creará a partir de la fundición de las mismas.

Y no sería la primera vez que se hace esto, refirió, pues ya a inicios de junio de 2009 se autorizó la destrucción de ocho mil 312 armas de fuego que habían sido internadas, y que producto de su fundición se convirtieron en herramientas para la agricultura.

El funcionario aseguró que en el país no existe tráfico de armas y que más bien "lo que hay es robo de armas", de acuerdo con lo verificado a través de las estadísticas de la Policía Nacional del Perú (PNP).

Sostuvo que estos robos se producen básicamente por descuido de las personas autorizadas a portarlas, las cuales deben ser más cuidadosas.

Por ello, exhortó a todos, principalmente a los familiares de personas fallecidas que contaban con autorización a portar armas de fuego, a entregarlas para ordenarlas de acuerdo con la ley
.



........sin mas comentarios....



"Pocos ven lo que somos realmente, pero todos ven lo que aparentamos"

supayhuahua

Justamente me habian comentado ese tema como dicn mucho hay que usar el sentido comun, dado que el arma no solamente es herramientoa, sino que tambine representa un valor monetario. Logico que cuando una persona fallece y deja un arma esta tiene que ser tramitada por el familiar heredero. Ahora si solamente se le dice al familiar que entregue el arma a la DISCAMEC sin compensacion monetaria acambio. Porfavor un arma barata esta entre 400 y 500 dolares. Personalmente yo se que la ley es la ley. Primero la obedesco despues reclamo, pero usando el sentido comun un familiar va a preferir entregar el arma a la DICSCAMEC o vendersela a alguien que le pague 200 dolares por ella. Y eso que hay armas mas caras  de 800, 1200  a mas. En otras palabras si esta noticia fuera veridica lo unico que fomentaria seria un mercado negro donde las armas legales pasen a formar parte de la gran coleccion de armas ilegales del pais.

cz-83

Exactamente Supayhuahua, asi que a renovar licencias vencidas y a tramitar sucesiones intestadas, pero ya.

Un abrazo
toda Victoria Innecesaria es un Asesinato
CZ Team

cz-83

A proposito del tema, sabian Uds. que el plazo ampliado de anmistia vencio a principios de este mes? Vean el tema en este link:

http://elcomercio.pe/impresa/notas/piden-ampliar-ley-amnistia-armas/20100204/409809

un abrazo
toda Victoria Innecesaria es un Asesinato
CZ Team

RCAB

Mi Hermano es abogado, y en resumen me dijo, te pueden denunciar o demandar, por lo que a la persona le de la gana, otra cosa es que la denuncia o demanda prospere.

elchacal

Cita de: cz-83 en 15 de Febrero de 2010, 08:31:06 PM
A proposito del tema, sabian Uds. que el plazo ampliado de anmistia vencio a principios de este mes? Vean el tema en este link:

http://elcomercio.pe/impresa/notas/piden-ampliar-ley-amnistia-armas/20100204/409809


.....................

...Muy confundido me dejaste con esa "pseudo noticia"...la verdad ya no se que pensar de el diario y sus supuestos periodistas y empleados...¿De donde los sacaran?

Pues esta noticia que posteas, de que en EL COMERCIO (04-Feb-2010)  habla de "la culminacion este mes.."  ¿Febrero-2010?.. de un EXTENSION de la amnistia...¿Cual extension, y de que ley de amnistia se refiere?

Citar
Dicha amnistía expiró este mes tras haberse cumplido el plazo de 180 días otorgado por la Ley 26884, la cual, a su vez, era una ampliación de la Ley de Amnistía y Regularización de la Tenencia de Armas de Uso Civil, Armas de Uso de Guerra, Municiones, Granadas o Explosivos (Ley 28397).

Si se refiere a esas leyes...esas fueron emitidas en años ya bastantes anteriores y por ende  ya fenecidas en su momento.

http://74.125.113.132/search?q=cache:QCu_Sh5i8OEJ:www.dicscamec.gob.pe/downloads/LEY%2520DE%2520AMNISTIA%252026978.doc+Ley+No+26978&cd=1&hl=es&ct=clnk

http://74.125.113.132/search?q=cache:xq-JaliOF98J:www.lozavalos.com.pe/alertainformativa/modulos/documentos/descargar.php%3Fid%3D2112+Ley+28397&cd=4&hl=es&ct=clnk

.....Y hasta donde yo al menos se, (si alguien sabe de alguna novedad, que lo diga) NO ha habido otra ley posteriores a esas que he mencionado o lo comentan en esa noticia de marras, que extienda o cree nueva ley de AMNISTIA sobre la tenencia Irregular y/o ilegal de armas.





"Pocos ven lo que somos realmente, pero todos ven lo que aparentamos"

NIGHT HUNTER

Ahora si que me dio dolor de cabeza con la actual legislacion las trabas e impedimentos para portar y usar un arma legal y responsablemente son cada dia mayores, deberia existir una mayor consideracion en cuanto a los requisitos para obtener la licencia de un arma nueva, a quienes tenemos un registro en DISCAMEC por el uso de armas con muchos años de anterioridad, incluso para el uso de calibres mayores a 380 , y no tener que pasar por todos los actuales requisitos como a una persona que por primera vez va a usar un arma y obtener su primera licencia,
En realidad mientras mas trabas existan cada dia , el uso ilegal de las armas sera mayor , y con ello el desconocimiento de las normas y seguridad minimas para el uso responsable y legal de un arma de fuego.
לילה האנטר   TDP-Zona Norte