Historia del Derecho a Poseer Armas

Iniciado por CZ99, 22 de Agosto de 2009, 01:30:17 AM

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Ratonpt

En Costa Rica.

Portacion: se da para armas cortas, exigen que sea oculto, casi todos lo calibres.
Matricula (solo se inscribe el arma) se usa para armas largas, casi todos los claibres, pero no se permiten automaticas o armas cortas que no se deben portar.
Para portacion maximo 3 armas, el resto de armas registradas a tu nombre solo se da matricula y hay que movilizarlas descargadas

Dentro de muy poco, todo esto cambiara, estan tramitando una reforma a la ley para prohibir la protacion y permitir solo algunos calibres menores, me imagino que con la nueva ley quedaremos parecido a la legislacion de Peru