Memorial del civil sinarmas al congreso (respaldo a nosotros)

Iniciado por Mandragora, 02 de Mayo de 2013, 12:52:14 AM

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Mandragora

Saludos señores por inquietud de algunos compañeros les presenrto el borrador adaptado para que sus familiares y amigos se sumen a nuestra causa con un memorial adecuado a ellos, mejorenlo, critiquenlo y dejemos estabelcido un modelo y que con ese modelo lo envien al congreso por el portal del congreso.

MEMORIAL SOLICITANDO INTERVENCION ANTE VIOLACION DE DERECHOS CONSTITUCIONALES

Sr. Congresista: Víctor Isla Rojas
Presidente del Congreso de la Republica del Perú
El suscrito CIUDADANO HONESTO DEL PERU ante la violación de los Derechos Constitucionales por parte del MINISTERIO DEL INTERIOR Y EL PODER EJECUTIVO como consecuencia de las últimas leyes dictadas en la materia, a Ud. respetuosamente digo:
Que el D.S. No.006-2013-IN de fecha 12 de abril del 2013, que modifica varios artículos del reglamento de la Ley No.25054 (Ley que norma la fabricación, comercio, posesión y uso por particulares de armas de fuego y municiones que no son armas de guerra) viola en forma flagrante el Estado de Derecho por exceder las facultades otorgadas mediante ley N° 29915 y Decreto legislativo N° 1127 violando la No retroactividad de la ley (derechos adquiridos) y la publicación del Reglamento SUCAMEC fuera del plazo fijado por ley deviniendo en nulidad así como la violación de los derechos a la Legítima defensa, a la libre contratación, de propiedad y de discriminación, específicamente en lo que se refiere a la Segunda, Cuarta y Sexta disposición complementaria transitoria del mencionado Decreto Supremo, así como al artículo 79 del Reglamento (D.S. No.007-98-IN) de la Ley No.25054 y además recorta y limita La Caza y el Deporte del Tiro, al amparo y excediendo el D.L 29954 de fecha 13 de Noviembre del 2012 en su Artículo° 27 Numeral 9 por los fundamentos de hecho y de derecho.
Nuestra CONSTITUCION POLITICA VIGENTE en su Artículo °51 consagra que "La Constitución prevalece sobre toda norma legal; la ley, sobre las normas de inferior jerarquía, y así sucesivamente así mismo en su ARTICULO °2 Numeral 23 Consagra de manera textual y taxativa el Derecho a la Legítima Defensa entiéndase de DEFENSA DE LA VIDA E INTEGRIDAD, por tanto al ser un derecho primigenio NO PUEDE BAJO NINGUNA PRERROGATIVA PONERSELE RESTRICCION ALGUNA NI DE CONDICION SOCIO-ECONOMICA, CALIBRE, DE NUMERO DE ARMAS, EL DERECHO A HEREDARLAS Y/O TRANSFERIRLAS LIBREMENTE SIN PERJUICIO ALGUNO así como ELEVAR LOS COSTOS y REDUCIR DURACION de las licencias, restricciones que además de violar el derecho mencionado violan los Derechos Constitucionales del Artículo° 2 Numeral 1 (A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.), Numeral 2 (A la igualdad ante la ley), Numeral 16 (A la propiedad y herencia), Artículo 23, 26 (al trabajo) en el caso de resguardos . El uso de las armas ilegales por parte de sujetos que no tienen la intención de ponerse a derecho debe ser Normado y reglamentado es lo coherente como legítimo y su implementación esta extensamente enmarcada en los códigos procesales correspondientes vigentes.
Todo esto deviene por la ausencia TOTAL de un PROGRAMA REAL Y EFECTIVO en materia de SEGURIDAD CIUDADANA por parte del EJECUTIVO que en desesperación, desconocimiento e improvisación que no sólo incurriendo en la falta de NO CUMPLIR con sus deberes Constitucionales PRIMORDIALES Artículo 44 (brindar seguridad y velar por los derechos humanos) sino que en extensión e irresponsabilidad  restringe a calibres menores usados por la delincuencia a merito de las propias declaraciones de las autoridades del sector convirtiendo a los ciudadanos honestos en "carne de cañón" a merced de delincuentes.

POR LO EXPUESTO:
Señor Presidente del Congreso, que con la autoridad que le confiere le solicito intervenga de manera inmediata y eficaz sobre la restitución, protección y preservación de los Derechos Constitucionales que se están vulnerando en la coyuntura actual, por tanto nosotros como comunidad unida, de insistir los abusos por el ejecutivo y en el uso de nuestras facultades otorgadas por la Constitución política del Perú vigente en sus artículos N° 31, °38 y °46 ya que NO me encuentro afectado en ninguno de los considerandos del Artículo 33 de la carta magna me veré OBLIGADO ante su inacción en la no grata actitud de DESOBEDIENCIA CIVIL en apoyo y respaldo de los ciudadanos HONESTOS que hacen USO RESPONSABLE de sus  armas legales para salvaguarda de su integridad y la de sus familias hasta que no se:
-Deroguen las leyes ilegitimas.
-Retiren las facultades extraordinarias al ejecutivo por causal de ABUSO Y MAL USO DE LAS MISMAS.
-Discuta en el pleno con participación de expertos de la comunidad de Propietarios Legales de armas de fuego sobre una legislación que permita la coherente implementación del derecho constitucional a la legítima defensa en el Perú:
Como el empleo de la munición FLAT POINT de 147 Grains. En 9mm que se enmarca en la limitación legal de los 40 kgm de salida de boca de cañón.
Como el empleo de la munición Hollow point ideal para defensa.

CarlosR1

Sugerencia: Yo retiraría esta parte, creo q detalles tan técnicos solo debemos ponerlos los q usamos armas:

Como el empleo de la munición FLAT POINT de 147 Grains. En 9mm que se enmarca en la limitación legal de los 40 kgm de salida de boca de cañón.
Como el empleo de la munición Hollow point ideal para defensa.

Saludos!

Mandragora

ACTUALIZADO: CORREGIDO

MEMORIAL SOLICITANDO INTERVENCION ANTE VIOLACION DE DERECHOS CONSTITUCIONALES

Sr. Congresista: Víctor Isla Rojas
Presidente del Congreso de la Republica del Perú
El suscrito CIUDADANO HONESTO DEL PERU ante la violación de los Derechos Constitucionales por parte del MINISTERIO DEL INTERIOR Y EL PODER EJECUTIVO como consecuencia de las últimas leyes dictadas en la materia, a Ud. respetuosamente digo:
Que el D.S. No.006-2013-IN de fecha 12 de abril del 2013, que modifica varios artículos del reglamento de la Ley No.25054 (Ley que norma la fabricación, comercio, posesión y uso por particulares de armas de fuego y municiones que no son armas de guerra) viola en forma flagrante el Estado de Derecho por exceder las facultades otorgadas mediante ley N° 29915 y Decreto legislativo N° 1127 violando la No retroactividad de la ley (derechos adquiridos) y la publicación del Reglamento SUCAMEC fuera del plazo fijado por ley deviniendo en nulidad así como la violación de los derechos a la Legítima defensa, a la libre contratación, de propiedad y de discriminación, específicamente en lo que se refiere a la Segunda, Cuarta y Sexta disposición complementaria transitoria del mencionado Decreto Supremo, así como al artículo 79 del Reglamento (D.S. No.007-98-IN) de la Ley No.25054 y además recorta y limita La Caza y el Deporte del Tiro, al amparo y excediendo el D.L 29954 de fecha 13 de Noviembre del 2012 en su Artículo° 27 Numeral 9 por los fundamentos de hecho y de derecho.
Nuestra CONSTITUCION POLITICA VIGENTE en su Artículo °51 consagra que "La Constitución prevalece sobre toda norma legal; la ley, sobre las normas de inferior jerarquía, y así sucesivamente así mismo en su ARTICULO °2 Numeral 23 Consagra de manera textual y taxativa el Derecho a la Legítima Defensa entiéndase de DEFENSA DE LA VIDA E INTEGRIDAD, por tanto al ser un derecho primigenio NO PUEDE BAJO NINGUNA PRERROGATIVA PONERSELE RESTRICCION ALGUNA NI DE CONDICION SOCIO-ECONOMICA, CALIBRE, DE NUMERO DE ARMAS, EL DERECHO A HEREDARLAS Y/O TRANSFERIRLAS LIBREMENTE SIN PERJUICIO ALGUNO así como ELEVAR LOS COSTOS y REDUCIR DURACION de las licencias, restricciones que además de violar el derecho mencionado violan los Derechos Constitucionales del Artículo° 2 Numeral 1 (A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.), Numeral 2 (A la igualdad ante la ley), Numeral 16 (A la propiedad y herencia), Artículo 23, 26 (al trabajo) en el caso de resguardos . El uso de las armas ilegales por parte de sujetos que no tienen la intención de ponerse a derecho debe ser Normado y reglamentado es lo coherente como legítimo y su implementación esta extensamente enmarcada en los códigos procesales correspondientes vigentes.
Todo esto deviene por la ausencia TOTAL de un PROGRAMA REAL Y EFECTIVO en materia de SEGURIDAD CIUDADANA por parte del EJECUTIVO que en desesperación, desconocimiento e improvisación que no sólo incurriendo en la falta de NO CUMPLIR con sus deberes Constitucionales PRIMORDIALES Artículo 44 (brindar seguridad y velar por los derechos humanos) sino que en extensión e irresponsabilidad  restringe a calibres menores usados por la delincuencia a merito de las propias declaraciones de las autoridades del sector convirtiendo a los ciudadanos honestos en "carne de cañón" a merced de delincuentes.

POR LO EXPUESTO:
Señor Presidente del Congreso, que con la autoridad que le confiere le solicito intervenga de manera inmediata y eficaz sobre la restitución, protección y preservación de los Derechos Constitucionales que se están vulnerando en la coyuntura actual, por tanto nosotros como comunidad unida, de insistir los abusos por el ejecutivo y en el uso de nuestras facultades otorgadas por la Constitución política del Perú vigente en sus artículos N° 31, °38 y °46 ya que NO me encuentro afectado en ninguno de los considerandos del Artículo 33 de la carta magna me veré OBLIGADO ante su inacción en la no grata actitud de DESOBEDIENCIA CIVIL en apoyo y respaldo de los ciudadanos HONESTOS que hacen USO RESPONSABLE de sus  armas legales para salvaguarda de su integridad y la de sus familias hasta que no se:
-Deroguen las leyes ilegitimas.
-Retiren las facultades extraordinarias al ejecutivo por causal de ABUSO Y MAL USO DE LAS MISMAS.
-Discuta en el pleno con participación de expertos de la comunidad de Propietarios Legales de armas de fuego sobre una legislación que permita la coherente implementación del derecho constitucional a la legítima defensa en el Perú.

kalashnikov

Listo! , esto si es algo que todos podemos hacer y desde la pc , quienes se apuntan?

Somos portadores legales responsables y hartos de lo q sucede,verdad?

pues demostremolo con hechos!!


Javier
Javier Velasquez
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Mandragora

Hay un memorial paa USUARIOS y otro para civiles que no tienen armas pero respaldan a los usuarios ESTE ES PARA CIVILES QUE APOYAN. EL OTRO MEMORIAL ESTA EN solucion practica AL PROBLEMA. Un abrazo.

Lancelot

ya lo envié gracias ....vamos amigos ponga moles punche ......
Daniel Torres

elgallo48

UN HOMBRE BUENO ARMADO, PUEDE DETENER UN DELINCUENTE ARMADO.

atmac1953

También haré lo mio en esta Región donde vivo.
"La peor gestión es la que no se hace"
"La unión hace la fuerza"

Vamos a ganar colegas.

ATMAC (Apocalipsis 2:17) "El Hombre que Analiza"

Mandragora

Felicito tu iniciativa compañero pero no te olvides de no cambiar ni el ASUNTO ni el texto principal del MEMORIAL, ademas hay un memoral para usuarios de armas y otro memorial para civiles sin armas pero que nos apoyan (el de este post es de los civiles sin armas). Un abrazo.

kalashnikov

#9
ya he recibido respuesta , me han dicho textual :

Mediante la presente, queremos saludarlo y hacerle saber que su pedido, titulado “Derogación de Leyes sobre Restricciones y Control de Armas de Fuego de Uso Civil”, ha sido derivado el jueves 2 de mayo del presente año a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la República, que preside el Congresista José Antonio Urquizo Maggia

Ahora eso de "desobediencia civil " , alguien podria explicarlo mejor? no estemos metiendo la pata..


Saludos
Javier Velasquez
  "."
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Mandragora

Como no mi hermano LA DESOBEDIENCIA CIVIL esta amparada por el Articulo N° 46 de nuestra Constitución vigente ante una ley, norma, decreto, ordenanza o hecho emitido por cualquier autoridad o gobierno que viole 1 solo derecho Constitucional, los ciudadanos TENEMOS EL DERECHO de declararnos en rebeldia, la rebeldía tiene varios niveles siendo la DESOBEDIENCIA CIUDADANA la mas pacifica y de resistencia pasiva en busqueda de preservar, restituir o asegurar a futuro el derecho o derechos constitucionales violados por la o las leyes.
Se la define como..."La Desobediencia Civil es el acto de no acatar una norma impuesta y de realización obligada. Rasgo característico de la desobediencia civil es su ejecución de forma consciente, pública, pacífica y no violenta, manteniendo una actitud de protesta contra la autoridad con el fin de rectificar los errores que ésta haya cometido, a juicio de quienes protestan".
Por otro lado si nuestra causa fuera parte de la cadena produtiva nuestra medida de fuerza seria una huelga o un paro, pero los padres de nuestra patria pensaron en las causas sociales, politicas, como la nuestra donde una huelga o un paro no tendrian sentido, mientras que una acción coordinada, pacifica, pero de FUERZA politico-social donde apelamos a la intercesion de los poderes del Estado para llamar a la reflexion al ejecutivo en sus arbitrariedades y abusos. Ellos son el ente rector y pueden restringir, prohibir, etc lo que quieran pero con base en lo logico (coyuntura actual), legal ( que no sea retroactiva, que respete los derechos adquiridos), que sea Constitucional (que no viole, recorte, limite UN o VARIOS derechos Constitucionales). "La ley es legitima o no lo es"(no resuelve ningun problema REAL, viola el Estado de Derecho ( al ser retroactiva) y viola la Constitución (derecho a la Legitima defensa, a la vida, al trabajo, a la propiedad/herencia).
Requisitos que sea legitima (lo nuestro lo es), que sea publica ( memorial al congreso la convierte en publica con participacion de la prensa), pacifica (lo es), que este amparada por la Constitucion y lo esta en todos sus puntos.
Repercusiones legales a los participantes (NINGUNA) toda acción del gobierno de represión, persecución, o acción que no este destinada a resolver el impase sera VIOLATORIA A LA CONSTITUCION Y A LOS DERECHOS HUMANOS (todos los firmantes estamos preservando nuesros derechos cuando venga la implementacion de incautacion de armas como la violacion de domicilio hasta que no se resuelva y agoten los medios y participacion de los poderes del Estado inmersos en la negociación) y lo más importante que al hcer esta acción NO RENUNCIAMOS NI COMPROMETE nuestro derecho a presetar la acción de amparo individual y la accion de anticonstitucional comunitaria. Un abrazo.

Antiheroe1

De acuerdo acabo de llenar la peticion en la pagina web!!

saludos
"Taurus & Glock Team"

kalashnikov

Javier Velasquez
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Mandragora

Un placer mi hermano disculpa el floro por que en cristiano significa que le decimos al gobierno..."no entregare ni MIE--- " pero de forma legitima, legal y democratica.

victorzajad

Ya lo envié gracias por tu sugerencia Mandragora. Saludos