Que fue de la aplicacion de esta ley del arresto ciudadano, que tratamos en el foro hace más de un año
http://www.tirodefensivoperu.com/forum/index.php?topic=1952.0 (http://www.tirodefensivoperu.com/forum/index.php?topic=1952.0)
Alguien sabe de algun caso ó solo quedo en el papel.
parece que quedo en el olvido , no escuche un solo caso de estos , saludos
Bueno debe ser por desconocimiento de como hacerlo, y el miedo tambien, yo la verdad no sabría como llevar a un delincuente a una dependencia policial sin secuestrarlo o privarlo de su libertad, incluso sin algún tipo de agresión ante la resistencia al arresto, por que no creo que el señorito delincuente se muestre complacido del arresto.
Quiza la elaboración de un manual de operación en este caso pueda ayudarnos a hacernos una idea de como se hace, o que se debe de hacer. Uno dice arrestarlo, pero cómo demoniós???
Saludos
pero se le puede arrestar?, o no?
Cita de: RCAB en 20 de Agosto de 2010, 03:35:52 PM
pero se le puede arrestar?, o no?
segun la ley de arresto ciudadano , SI
A me parecio y me parece una gran idea. Procuro estar enterado de las noticias de lo que ocurre en Peru, y tuve oportunidad de estudiar el asunto. Me resulto curioso ya que en España desde hace muchisimo esta establecido por Ley el arresto ciudadano, lo unico que el que detiene debe haber sido testigo directo del delito, y en la detencion no deben usarse armas, ensañamiento y esta prohibido interrogar al detenido. Tambien esta prohibido moverlo del lugar donde se produce el arresto, se llama a la policia y ellos vienen y se lo llevan, nada mas. Crei oir, que en Peru se queria o se pensaba autorizar incluso que los ciudadanos con licencia de armas para defensa pudieran usar su arma al hacer el arresto, ya me direis si se llego a articular en la ley o se quedo en la nada.
Conversando con la ley osea la policia, al respecto me dijeron que si se podia arrestar pero para ello se tenian que cumplir varias normas
de repente el efectivo policial estaba desinformado pero almenos si no se ha visto caso publico, sera por que casi nunca se reunen estas condiciones.
1.- debe sr descubierto el delincuente in fraganti, despues detenerlo y conducirlo sin demora hasta la dependencia policial mas cercana sin parar, a eso se le suma que no debes de amarrarlo pues se le priva su libertad, y acudir con el agraviado que miebtras lo piensa le queda chico el tiempo para hacer dicho tramite y se desanima pensando en las represalias en su contra y no pone la denuncia.
esperemos con las nuevas leyes que salieron ayer creo, se pueda mejorar esta norma y hasta donde yo se, solo les sirve a los serenos y algunos vigilantes particulares.
Si alguien mas sabe del tema por favor saquenos de la duda por que lo escrito por mi, viene como les explique de un efectivo policial x y no me dá completa informacion pues debe ser otra la historia.
salu2
Mi sorpresa Luis35 la persona que se le ha arrestado se queda en el lugar asi de tranquila?, funsiona eso hallá, por que aqui si no mas te cuento una ves una mototaxi(moto de tres ruedas que trabaja llevando pasajeros)"sin placa" me choco el carro, ojo mi carro estaba parqueado debidamente, yo baje y le reclame me iso una abolladura fregada y me quiso dar 10 soles, le dije -estas loco, te quedas voy a llamar a la policia- saque mi celular y entonces aparecio el huachiman (vigilante) del mercado y le dijo al mototaxista, - corre por que si viene la tomberia(policia "jerga") te fregaste- el descarado subio a su moto y me dejo hablando solo, y cuando le reclamo al vigilante del mercado me grita - no seas abusivo-y despues viene otro fulano que me grita lo mismo. Yo no se pero subi al carro y me fui pa mi casa, ya no llame a nadie y ahi esta el carro con su tremenda abolladura cotizada en reparacion de su jugosos 200 soles. Personalmente creo que esta ley no tiene ni pies, ni cabeza y el cuerpo mas agujeros que queso suiso, saludos.
Cita de: supayhuahua en 20 de Agosto de 2010, 07:52:35 PM
Mi sorpresa Luis35 la persona que se le ha arrestado se queda en el lugar asi de tranquila?, funsiona eso hallá, por que aqui si no mas te cuento una ves una mototaxi(moto de tres ruedas que trabaja llevando pasajeros)"sin placa" me choco el carro, ojo mi carro estaba parqueado debidamente, yo baje y le reclame me iso una abolladura fregada y me quiso dar 10 soles, le dije -estas loco, te quedas voy a llamar a la policia- saque mi celular y entonces aparecio el huachiman (vigilante) del mercado y le dijo al mototaxista, - corre por que si viene la tomberia(policia "jerga") te fregaste- el descarado subio a su moto y me dejo hablando solo, y cuando le reclamo al vigilante del mercado me grita - no seas abusivo-y despues viene otro fulano que me grita lo mismo. Yo no se pero subi al carro y me fui pa mi casa, ya no llame a nadie y ahi esta el carro con su tremenda abolladura cotizada en reparacion de su jugosos 200 soles. Personalmente creo que esta ley no tiene ni pies, ni cabeza y el cuerpo mas agujeros que queso suiso, saludos.
Si tienes toda la razon. Bueno, te dire que mi pais tiene politicas totalemente garantistas y pro-derechos de los delincuentes desde hace muchisimos años, y cada vez mas incluso peor ahora con el desastre que tenemos de presidente. El tema de no poder transladar al detenido es por temor a que pueda salir herido durante el traslado a comisaria, o incluso pueda escapar o herir a las personas que lo han arrestado. Personalmente creo que es mejor asi, mantenerlo en el suelo boca abajo hasta que viene la policia y se lo llevan a comisaria. Eso si, hay que precisar que aqui la policia en un caso asi tarda como mucho dos o tres minutos, y no exagero, no llegaran a tardar nunca cinco minutos. En cuanto al problema de que la gente interfiera, bueno, es algo normal aqui tambien en una sociedad alienada que ve maltratadores de derechos humanos por todos lados. Los españoles son muy valientes para gritarle a un vigilante o policia: "¡¡¡DEJELE QUE LE ESTA HACIENDO DAÑO!!! (al choro). Pero cuando un choro se les acerca y le ven robando a manos llenas en el metro o autobus (igual o mas que en Peru, creanme jeje) SE CAGAN y no dicen, NI MU jajaja. Asi es. Pero al policia, vigilante o a mi si se me ocurre reducir por la fuerza a un ladron o agresor, el primero que pasa esta dispuesto a jurar que me ha visto darle setenta patadas y cincueta puñetazos en la mandibula. Aqui al final acabas denunciado por el choro, con testigos de sobra en tu contra y acabas pagandole al choro dinero, y encima amenazado por toda su familia. Por eso en España la gente sencillamente mira para otro lado, porque la justicia en este pais tan moderno de M, esta totalmente A FAVOR DEL DELINCUENTE.
El arresto ciudadano, sigo pensando que es una buena idea, pero SOLO PUEDE FUNCIONAR en un pais con leyes que realmente defiendan al ciudadano que arresta, y leyes que castiguen de verdad al choro. En un sitio asi la gente se crece, orgullosa de colaborar en la seguridad ciudadana, orgullosa de poder evitar un delito o la fuga del choro, orgullosa de hacer algo importante por si misma y por sus compatriotas, y de RECIBIR APOYO DEL ESTADO para todo ello.
Cita de: CADT en 20 de Agosto de 2010, 07:51:17 PM
Conversando con la ley osea la policia, al respecto me dijeron que si se podia arrestar pero para ello se tenian que cumplir varias normas
de repente el efectivo policial estaba desinformado pero almenos si no se ha visto caso publico, sera por que casi nunca se reunen estas condiciones.
1.- debe sr descubierto el delincuente in fraganti, despues detenerlo y conducirlo sin demora hasta la dependencia policial mas cercana sin parar, a eso se le suma que no debes de amarrarlo pues se le priva su libertad, y acudir con el agraviado que miebtras lo piensa le queda chico el tiempo para hacer dicho tramite y se desanima pensando en las represalias en su contra y no pone la denuncia.
La LEY nno es la policia, son operadores o son servidores pùblicos, lo ideal es preguntar a un fiscal o un juez de estos casos que hayan visto, pudieran darte un alcance o quiza una tentativa de lo que ellos desde su punta de vista saben o entienden, pero a la hora de la verdad quien interpreta y pone realmente el delito que has cometido o en el que està inmerso el delincuente es el ministerio pùblico a travès del fiscal.
Cita de: oto en 25 de Agosto de 2010, 01:24:42 AM
Cita de: CADT en 20 de Agosto de 2010, 07:51:17 PM
Conversando con la ley osea la policia, al respecto me dijeron que si se podia arrestar pero para ello se tenian que cumplir varias normas
de repente el efectivo policial estaba desinformado pero almenos si no se ha visto caso publico, sera por que casi nunca se reunen estas condiciones.
1.- debe sr descubierto el delincuente in fraganti, despues detenerlo y conducirlo sin demora hasta la dependencia policial mas cercana sin parar, a eso se le suma que no debes de amarrarlo pues se le priva su libertad, y acudir con el agraviado que miebtras lo piensa le queda chico el tiempo para hacer dicho tramite y se desanima pensando en las represalias en su contra y no pone la denuncia.
La LEY nno es la policia, son operadores o son servidores pùblicos, lo ideal es preguntar a un fiscal o un juez de estos casos que hayan visto, pudieran darte un alcance o quiza una tentativa de lo que ellos desde su punta de vista saben o entienden, pero a la hora de la verdad quien interpreta y pone realmente el delito que has cometido o en el que està inmerso el delincuente es el ministerio pùblico a travès del fiscal.
asi es muchas veces los policias no saben ni donde estan parados , ni que leyes estan vigentes , en fin
Asi es compañeros, ustedes me dan la razón y si me referí a los señores policias, es por que en realidad son la ley cercana hacia los civiles pues no vemos con frecuencia a los fiscales ni jueces, pero no cabe la menor duda de que muchos de ellos estan desinformados y si no es de ellos la informacion? si no es de ellos la experiencia de estos casos pues pienso yo que son los policias lo que estan mas cerca de estos casos?, de repente hay algun compañero del foro que sepa a ciencia cierta la aplicacion de esta ley.
salu2
Conclusión: Otra ley para aplacar la queja ante la protesta de la ciudadania.
Seguro que nunca se aplico y facil que ni los congresistas ni autoridades del gobierno que firmaron la ley sepan de ella.
Igual será el destino de las leyes que salieron la semana pasada?
en si amigos pongase a analizar que hacemos arrestando a un delincuente, cuando nos metemos en mas problemas ya sea por que este nos denuncie o por que al final salimos perdiendo, hasta que las leyes no sean mas claras para nostros los ciudadanos honestos y termine las leyes claras y contemplativas para los choros estaremos asi
Cita de: GUCH en 25 de Agosto de 2010, 05:58:53 PM
Conclusión: Otra ley para aplacar la queja ante la protesta de la ciudadania.
Seguro que nunca se aplico y facil que ni los congresistas ni autoridades del gobierno que firmaron la ley sepan de ella.
Cita de: lolitoedu en 26 de Agosto de 2010, 12:10:29 PM
en si amigos pongase a analizar que hacemos arrestando a un delincuente, cuando nos metemos en mas problemas ya sea por que este nos denuncie o por que al final salimos perdiendo, hasta que las leyes no sean mas claras para nostros los ciudadanos honestos y termine las leyes claras y contemplativas para los choros estaremos asi
Por eso debemos insistir que las NUEVAS leyes y sus "modificaciones" para combatir la anarquia delincuencial actual, tienen que ser INTEGRALES y COHERENTES (No solamente buenas ideas ni buenos deseos)..Si no terminan siendo como esta ley de marras, siendo "herramientas legales" contra el mismo ciudadano honesto.
Lamentablemente es tal como GUCH comento, de eso seguro estoy pues ya desde que se proyecto como una forma de paliar el tema de inseguridad, al momento de promulgarse esta nueva ley, no podria ser realmente puesta en practica dada la forma tan grosera de colsionar con nuestra constitucion y las leyes inferiores con las cuales realmente nos regimos en la vida diaria..o al menos se pretende hacerlo.
Esta ley se convirtio en eso justamente, una especie de "Placebo" (especialmente lo mediatico..y alli se vio esos dias los resultados) para intentar aplacar lo que la ciudadania "Aún" sigue reclamando, JUSTICIA y ACCION..pero no como esa ley del "Arresto ciudadano" sin pies ni cabeza que lo unico que hizo realmente es todo lo contrario, es decir, Creo el argumento legal (lease argucia simplificada) que los delincuentes y sus ONGs necesitaban para librarse de su captura, y......... "Atar de mano" a los ciudadanos mas solidarios y de accion, (no confundir con caricaturas de "rambos ni de justicieros urbanos") e incluso los mismos serenos (me refiero a quienes realmente si cumplen una accion de proteccion y prevencion al ciudadano, son pocos pero los hay)
Creo desde que salio la ley y "antes de entrar en vigencia" ya estaba condenada a una ley "Que solo sirve para ayudar a los delincuentes y darles un marco legal para poder contrademandar penalmente a sus captores siendo estos ciudadanos comunes" aunque fueran estos ultimos los supuestos afectados, convirtiendose "juridicamente" en el agresor y el victimario.
Recordemos de lo que posteamos el año pasado, alli lo decia todo, que esta ley termino por consagrar este mamotreto juridico a favor de la delincuencia y aún mas, CREO mucho mayor temor en nosotros el aplicarlo que NO haber tenido ninguna ley al respecto.Cita de: elchacal en 23 de Junio de 2009, 09:24:24 AM
CitarEl 67% de limeños aprueba la ley del arresto ciudadano, reveló Ipsos Apoyo
Sin embargo, un 82% considera que tratar de intervenir a un delincuente podría poner en riesgo la vida de quien efectúe el arresto.
Según una encuesta de Ipsos Apoyo Opinión y Mercado, realizada entre el 17 y el 19 de junio , el 67% de limeños está de acuerdo con la llamada ley de arresto ciudadano, pese a que según el mismo estudio de opinión el 69% de ellos reconoce no estar informado sobre el tema.
La encuesta también revela que un 57% de los encuestados cree que la norma incitará a cometer excesos o injusticias contra supuestos delincuentes por parte de los propios ciudadanos. Asimismo, también deja en claro que un abrumador 82% está convencido de que intervenir a un supuesto delincuente pondría en riesgo la vida de quienes efectúen el arresto.
OPINIÓN EN CONTRARIO
Para el constitucionalista Raúl Ferrero Costa, la encuesta refleja la preocupación por la aplicación del arresto ciudadano, una facultad que puede dar lugar a atropellos.
"Los riesgos son muy grandes, puede dar lugar a abusos y hasta se puede usar para amedrentar", dijo el jurista, refiriéndose al arresto ciudadano, al cual considera inconstitucional.
Por su parte, José Baraybar, presidente de la junta vecinal de la zona 1 de San Borja, afirmó estar de acuerdo con el arresto ciudadano. "Ayudará a combatir la delincuencia", opinó. No obstante, cree que el sereno es el más capacitado para cumplir esa tarea, ya que el arresto implicaría riesgos para el ciudadano común, tal como revela la encuesta.
En tanto, Alfonso Llerena, presidente de la junta vecinal de la zona 13 de Miraflores, se mostró contrario al arresto ciudadano al considerar que la detención solo se debe dar cuando exista una orden del juez.
En concordancia con estas inquietudes, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Barranco y el departamento legal de esa comuna capacitarán, a partir del 1 de julio, a los dirigentes vecinales de ese distrito en los alcances de la mencionada ley.
La norma, aprobada por el Congreso a principios de mes, adelanta al 1 de julio la aplicación del arresto ciudadano previsto en el Código Procesal Penal.
LAS CIFRAS
156 millones de soles en promedio han destinado las municipalidades de Lima y Callao para costear el servicio de serenazgo.
605 arrestos ciudadanos fueron efectuados durante el 2008 en las regiones en las que ya está vigente el nuevo Código Procesal Penal.
23 de junio del 2009 - Fuente: El Comercio.
Cita de: elchacal en 24 de Junio de 2009, 10:21:54 AM
Citar
Arresto ciudadano puede generar abusos, advierte jurista Raúl Ferrero
Ley que entra en vigencia el 1 de julio presupone la buena fe del ciudadano, señala Defensoría del Pueblo.
CASO 1
ACUSACIÓN ERRADA
A una joven le arrebatan su cartera. El delincuente escapa corriendo y dos amigos de la muchacha se lanzan en su persecución. Luego de perderlo por unas cuadras, alcanzan a un hombre cuya apariencia coincide con la descripción que hizo la víctima. Él no lleva la cartera y jura que no ha hecho nada malo, pero igual lo arrastran a la comisaría.
"¿Se imagina los abusos que puede cometer gente que dice que vio lo que no vio? El arresto ciudadano hará que aumenten los abusos", se indigna el jurista Raúl Ferrero Costa. Su argumento es sólido: la Constitución solo permite detenciones por mandato judicial o las que efectúa la policía en caso de delito flagrante.
La ley presupone la buena fe del ciudadano, pero solo se ocupa de regular lo básico, dice Fernando Castañeda, adjunto de la Defensoría del Pueblo para Asuntos Constitucionales. Lo que sí especifica el Código Procesal Penal —que consagra el arresto ciudadano— es que, al momento de recibir al detenido, la policía debe redactar un acta e indicar las circunstancias de la intervención.
CASO 2
USO DE ARMAS
Un civil con licencia para portar armas es testigo de un asalto. Para frustrar el robo y reducir al delincuente, saca su pistola y le apunta al sospechoso.
En este punto hay desacuerdo. El general PNP (r) Eduardo Pérez Rocha, secretario técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, declaró días atrás que tanto vecinos como serenos podrán emplear armas de fuego al efectuar un arresto, siempre y cuando tengan licencia para portarlas.
En la misma línea, Gonzalo Romero, asesor de la Comisión de Justicia del Congreso, opina que el empleo de armas debe evaluarse desde la perspectiva de la legítima defensa, la cual puede abarcar la protección de terceras personas. "Si ya hay personas con licencias para usar armas que han podido evitar delitos, ¿por qué pensar que ahora habrá problemas?", pregunta.
Fernando Castañeda, adjunto de la Defensoría del Pueblo, es la voz discordante en este punto: "No puede ponerse en riesgo la vida ni la integridad personal de quien arresta ni del arrestado. Encañonar a alguien es generar una situación de riesgo. La persona arrestada podría reaccionar y ocasionar una tragedia".
Como el arresto ciudadano es una facultad excepcional, la norma que lo permite debe interpretarse de forma restrictiva. Es decir, él no cree que dé luz verde al uso de armas de fuego.
CASO 3
GOLPES EN GRUPO
Un grupo de vecinos lleva a la comisaría a un ladrón que intentó robar en la casa de uno de ellos. Pero primero se asegura de darle un escarmiento a punta de patadas y palazos.
"La norma solo autoriza el arresto, no la comisión de lesiones", subraya Fernando Castañeda, quien agrega que infligir heridas graves puede dar lugar a una sanción penal, salvo en el caso de legítima defensa. Este principio, previsto en la Constitución, requiere que haya proporcionalidad en el uso de la violencia.
Gonzalo Romero subraya: "Está prohibido realizar ningún acto que no sea el arresto mismo y entregar al detenido a la policía de inmediato. Ni siquiera se tiene que recoger pruebas del delito".
QUÉ DICE LA LEY
Qué es la flagrancia
-La Ley 29235 adelanta al 1 de julio de este año la aplicación en todo el país de los artículos 259 y 260 del Código Procesal Penal, que ya está vigente en varias regiones del país.
-El artículo 259, que esta ley ha modificado, explica lo que se debe entender por flagrancia: cuando el delincuente es descubierto en el mismo instante en que comete el delito, cuando es perseguido y capturado inmediatamente después de haberlo cometido, o cuando es sorprendido con evidencias que revelan que acaba de ejecutarlo.
-El artículo 260 refiere: "En ningún caso el arresto autoriza a encerrar o mantener privada de su libertad [a una persona] en un lugar público o privado hasta su entrega a la autoridad policial".
24 de junio del 2009- Fuente: El Comercio.
REFERENCIA:http://www.tirodefensivoperu.com/forum/index.php?topic=2300.15#quickreply
http://www.tirodefensivoperu.com/forum/index.php?topic=1952.0
Si desean aqui pueden DESCARGAR GRATIS (PDF):
EL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL.http://www.mediafire.com/?moytzeentfj
El Código Procesal Penal vigente dice lo siguiente sobre las detenciones:
LA DETENCIÓN
Artículo 259 Detención Policial.-
1. La Policía detendrá, sin mandato judicial, a quien sorprenda en flagrante delito.
2. Existe flagrancia cuando la realización del hecho punible es actual y, en esa
circunstancia, el autor es descubierto, o cuando es perseguido y capturado inmediatamente de
haber realizado el acto punible o cuando es sorprendido con objetos o huellas que revelen que
acaba de ejecutarlo.
3. Si se tratare de una falta o de un delito sancionado con una pena no mayor de dos años
de privación de libertad, luego de los interrogatorios de identificación y demás actos de
investigación urgentes, podrá ordenarse una medida menos restrictiva o su libertad.
Artículo 260 Arresto Ciudadano.-
1. En los casos previstos en el artículo anterior, toda persona podrá proceder al arresto en
estado de flagrancia delictiva.
2. En este caso debe entregar inmediatamente al arrestado y las cosas que constituyan el
cuerpo del delito a la Policía más cercana. Se entiende por entrega inmediata el tiempo que
demanda el dirirgirse a la dependencia policial más cercana o al Policía que se halle por
inmediaciones del lugar. En ningún caso el arresto autoriza a encerrar o mantener privada de su
libertad en un lugar público o privado hasta su entrega a la autoridad policial. La Policía redactará
un acta donde se haga constar la entrega y las demás circunstancias de la intervención.
A ver, a ver, maniatar a una persona es considerado privarla de su libertad??? porque pues para poder llevarlo tendría que atarlo o ponerle esposas. Y llevarlo a la dependencia policial no seria privativo de su libertad??, porque se lo llevaría en contra de su voluntad, según lo veo es practicamente un secuestro. A ver si me iluminan con este detalle. :-\
Saludos
Pienso igual pero creo va mas por el hecho de que siempre se pretende ver la figura del lado de los linchadores que no necesitan amarrar al delincuente pues el malhechor deberia de pasar primero por decenas de civiles molestos y de ellos no se escapan jaas por eso seria el aplicable creo yo
si uno solo lo hace de hecho se te escapa.
y amarrarlo es priva rde libertad pero la figura legal dice en lugar cerrado osea cuarto.
ya me puso en duda
y si saca un arma para la fuga, deberiamos sacar nuestar arma para protegernos?me suena logico pero cre que no se pusieron en nuestro lugar pues almenos no me quedo claro.
este tema ya se ha visto en algun lado pero no encuentro e enlace
ayuda por favor ok
salu2
Cita de: CADT en 26 de Agosto de 2010, 07:06:43 PM
y amarrarlo es priva rde libertad pero la figura legal dice en lugar cerrado osea cuarto.
yo tengo entendido que basta con que retengas a una persona contra su voluntad asi sea al lado tuyo por maa de 10 minutos ya es COACCION o secuestro como quieras llamarlo , ahora como esto es un aso de flagrancia delictiva , supongo que tendrias que tener algun testigo o el agraviado que denuncie el hecho de lo contrario seria tu palabra contra la del detenido , saludos
pdta: en muchas ocasiones los agraviados no denuncian los hechos por la lentitud del proceso y la perdida de tiempo, eso tambien genera q muchos delincuentes queden libres al no haber denuncia al respecto, saludos