me gustaria saber como hacer una transferencia o venta de una arma 9mm corto de policia a civil es mas facil oes mas emborroso por q el un amixo q es polica quiere vender su arma tiene todos los documentos en regla
No soy de Perú pero si el arma es del policía es de uso personal, me imagino que se debe procesar como dos civiles comunes y corrientes.
Los detalles los desconozco.
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DECRETO SUPREMO
N° 015-2002-IN
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CAPITULO IV
DE LAS TRANSFERENCIAS DE ARMAS DE USO CIVIL
Artículo 25°.- DE LA OBLIGATORIEDAD DE REALIZAR EL TRAMITE ANTE LA DICSCAMEC
25.1 Las personas naturales y jurídicas que adquieran arma o armas de fuego de uso civil por transferencia están obligadas a efectuar el trámite respectivo ante la DICSCAMEC.
25.2 Para registrar la transferencia de armas de uso civil es indispensable la presentación del arma o armas ante la DICSCAMEC para verificar sus características originales y buen funcionamiento.
Artículo 26º.- DE LOS DIVERSOS PROCEDIMIENTOS
Las transferencias de armas de uso civil pueden darse de la manera siguiente:
a. Entre personas naturales.
b. Entre personas jurídicas autorizadas a la prestación de servicios de seguridad privada y/o entidades públicas o viceversa.
c. Entre personas naturales y personas jurídicas autorizadas a la prestación de servicios de seguridad privada y/o entidades públicas, o viceversa.
d. Entre persona natural civil y personal de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú o viceversa.
e. Entre personas jurídicas autorizadas a la prestación de servicios de seguridad privada y personal de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú o viceversa.
f. Entre coleccionistas autorizados por la DICSCAMEC.
27.5 Entre personal de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional del Perú y persona natural civil
a. Del que transfiere: (personal de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional del Perú)
(1) Copias del Carné de Identidad Personal y última boleta de pago.
(2) Constancia de transferencia del arma expedida por el órgano pertinente de su respectivo Instituto.
(3) Presentación del arma para su verificación.
b. Del que adquiere: (persona natural civil)
(1) Solicitud en formulario impreso.
(2) Toma digitalizada de imagen (fotografía) por cada licencia.
(3) Copia del documento nacional de identidad o libreta electoral o carné de extranjería vigente.
(4) Certificado de Antecedentes Penales.
(5) Certificado de Antecedentes judiciales.
(6) Certificado de Antecedentes policiales
(7) Certificado de Salud Mental expedido por establecimientos de salud públicos o privados autorizados por el Ministerio de Salud y registrados por la DICSCAMEC.
(8.) Aprobar los exámenes de manejo de arma y tiro.
(9) Recibo de pago en el Banco de la Nación
Servidos....
Gracias Chacal
gracias chacal stoy muy agardecido por la respuesta saludos
De nada avefenix999, ...(http://smilies-gifs.com/burla-provocacion/1burla-provocacion.gif)
para eso estamos para ayudarnos unos a otros..eso es TDP.COM.