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Tiro Defensivo Peru - SUCAMEC => Tiro Defensivo Peru - SUCAMEC => Mensaje iniciado por: Elvindu en 02 de Marzo de 2013, 08:33:50 PM

Título: el delito de portar armas ¡¡
Publicado por: Elvindu en 02 de Marzo de 2013, 08:33:50 PM
veo que hay personas que saben muchas referente a armas y a leyes gracias por su aporte...

haber que tal yo como civil en un hipotetico caso tenga un arma de fuego sea pistola y/o revolver , pero en caso que no tenga licencia de portar arma y este guardada solo en mi casa como trofeo , con cuantos años iria por posesion ilegal de armas , nose si habran casos de civiles honrados con arma sin licencia ,que medidas tomaria la justicia en ese caso .

Lapolicia puede allanar mi casa solo para buscar un arma de fuego ???

gracias de antemano por la curiosidad....
Título: Re: el delito de portar armas ¡¡
Publicado por: SatafranZ en 02 de Marzo de 2013, 09:06:35 PM
Eso seria un caso de posesion "irregular". Pero tambien depende cual sea el origen del arma (si es robada o del mercado negro seria un problemon). La policia puede allanar domicilios solo con una orden judicial. Que dicen los demas compañeros?
Título: Re: el delito de portar armas ¡¡
Publicado por: baikalfull en 03 de Marzo de 2013, 04:28:54 PM
http://www.tirodefensivoperu.com/index.php?ind=reviews&op=entry_view&iden=79

Alli encontraras todo lo necesario. Saludos.
Título: Re: el delito de portar armas ¡¡
Publicado por: Elvindu en 03 de Marzo de 2013, 04:58:42 PM
Cita de: baikalfull en 03 de Marzo de 2013, 04:28:54 PM
http://www.tirodefensivoperu.com/index.php?ind=reviews&op=entry_view&iden=79

Alli encontraras todo lo necesario. Saludos.

gracias por tu aporte  broer,   necesitaba un arma para poder asaltar un banco jajaja , naaa solo un broma de muy mal gusto saludos y bendiciones
Título: Re: el delito de portar armas ¡¡
Publicado por: baikalfull en 03 de Marzo de 2013, 05:10:38 PM
- no portar la licencia de posesion y uso, al momento de llevar consigo el arma (L)
-primera vez.. apercebimiento o incautacion
-segunda vez .. multa de 2% UIT e incautacion
-tercera vez... multa de 5% UIT e incautacion.
art.79, 158" b del D S  no 007-98-in

otra:
poseer y/o portar armas de fuego con licencia de posecion y uso vencida.
-primera vez... multa de 5% UIT e incautacion
-segunda vez... multa de 10% UIT e incautacion
-tercera vez.... multa de 15% UIT y decomiso
art. 15" 2, del D S no 015-2002- in
Título: Re: el delito de portar armas ¡¡
Publicado por: PT58MCR en 04 de Marzo de 2013, 10:56:42 AM
Alli no hay delito; y ello por que, no la portas o usas...solo la guardas o la tienes como trofeo, entonces no hay un peligro inminente a la sociedad o la paz publica; ademas habria que ananlizar si esta en funcionamiento normal y si tiene la municion respectiva.

Ahora, solo pueden entrar a tu casa por orden judicial (Allanamiento y Decerraje) que la da el juez penal de turno y por delito flagrante.