Tiro Defensivo Peru - Foro de Armas

Tiro Defensivo Peru - SUCAMEC => Tiro Defensivo Peru - SUCAMEC => Mensaje iniciado por: elchacal en 11 de Enero de 2012, 09:51:55 PM

Título: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: elchacal en 11 de Enero de 2012, 09:51:55 PM
Ya se esta debatiendo en el pleno del Congreso de la Republica, Las MODIFICACIONES a la Ley de armas y en horas de la tarde pasaron a un cuarto intermedio para repartir copias de unas "modificaciones al proyecto", mientras se pasaron a discutir otras Leyes...asumo que se vuelva a reiniciar la discusion...pero hasta ahora nada, estan en otras leyes.

Interesante la defensa que hizo el congresista Luis Bedoya de Vivanco al USUARIO LEGAL, y exhorto para que las leyes "FACILITARAN" y "AGILIZARAN" los tramites en la DICSCAMEC, y considero que al crear mas obstaculos y restricciones al usuario legal, es lo que origina lo que supuestamente "quieren algunos" con esta nueva ley, que los usuarios con licencias vencidas ...

YA estan en debate nuevamente...nos vemos

Creo que ya se va a VOTAR..............



http://www.congresodelarepublicadelperu.tv/
Título: Re: EN DEBATE EN ESTOS MOMENTOS LA NUEVA LEY de armas..
Publicado por: elchacal en 11 de Enero de 2012, 10:11:24 PM



(http://3.bp.blogspot.com/-hqyl7fWj72c/TX5pSS7vSYI/AAAAAAAAG3o/3bfa-BQ9zo0/s1600/Black+ribbon.jpg)

APROBADO EL PROYECTO DE AMNISTIA Y MODIFICACION DE LA  LEY.........



Título: Re: EN DEBATE EN ESTOS MOMENTOS LA NUEVA LEY de armas..
Publicado por: Diegojotu en 11 de Enero de 2012, 10:29:42 PM
que es lo que se debatio, y en que quedaron? cual fue el resultado.


salu2
Título: Re: EN DEBATE EN ESTOS MOMENTOS LA NUEVA LEY de armas..
Publicado por: santacruzG25 en 11 de Enero de 2012, 11:03:01 PM
No entiendo ¿que paso? ???

Post Merge: 11 de Enero de 2012, 11:09:32 PM

Lo unico que encontre es la declaracion de Fernando Andrade, antes del debate, diciendo que los tramites deben ser sencillos y no un negocio.


Post Merge: 11 de Enero de 2012, 11:11:31 PM

Pucha Chacal...con tu post no voy poder dormir  >:(
Título: Re: EN DEBATE EN ESTOS MOMENTOS LA NUEVA LEY de armas..
Publicado por: lobo en 11 de Enero de 2012, 11:40:11 PM
Que es lo que se aprobo?... que modificacion?.........................
Título: Re: EN DEBATE EN ESTOS MOMENTOS LA NUEVA LEY de armas..
Publicado por: elchacal en 11 de Enero de 2012, 11:51:47 PM
Cita de: Diegojotu en 11 de Enero de 2012, 10:29:42 PM
que es lo que se debatio, y en que quedaron? cual fue el resultado.


Cita de: santacruzG25 en 11 de Enero de 2012, 11:03:01 PM
No entiendo ¿que paso? ???

Post Merge: 11 de Enero de 2012, 11:09:32 PM

Lo unico que encontre es la declaracion de Fernando Andrade, antes del debate, diciendo que los tramites deben ser sencillos y no un negocio.


Post Merge: 11 de Enero de 2012, 11:11:31 PM

Pucha Chacal...con tu post no voy poder dormir  >:(


Cita de: lobo en 11 de Enero de 2012, 11:40:11 PM
Que es lo que se aprobo?... que modificacion?.........................




Mil disculpas, lo que sucede es que estoy bastante atareado, y para remate deje mis anteojos. y ya no los puedo recoger hasta mañana (no puedo leerr ni escribir con facilidad) y recien acabo de poder conseguir informacion OFICIAL CONFIRMADA al respecto.

Seguramente ya mañana temprano saldran en los noticieros o medios escritos.

A esto me refiero:


Citar


Ante creciente ola de violencia con armas de fuego

CONGRESO APROBÓ LEY PARA REGULARIZAR O ENTREGAR ARMAS EN POSESIÓN ILEGAL O IRREGULAR



    El Pleno del Congreso, que preside, Daniel Abugattás Majluf, aprobó el miércoles 11 la ley que concede amnistía por 120 días para que las personas naturales o jurídicas regularice o entreguen las armas que poseen ilegal o irregularmente a la autoridad correspondiente para que sean internadas en la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil (DISCAMEC).

La amnistía también es aplicable para los casos de omisión de denuncia por pérdida o sustracción de armas, municiones, granadas y explosivos.

Las personas que proceden a entrega de armas a la autoridad policial, militar, Ministerio Público o Defensoría del Pueblo, solicitarán la presencia de un notario, un fiscal, juez de paz, un representante de la Defensoría del Pueblo, o de una autoridad comunal o eclesiástica.

Vencido el plazo establecido las personas que no hayan cumplido con la entrega o regularización de las armas que poseen, serán sancionadas administrativamente, civil o penalmente, según como corresponda.

Las penas por tenencia ilegal o irregular serán de no menor de seis ni mayor de quince años. El tráfico ilegal de armas será sancionado con penas de no menor de diez ni mayor de veinte años, entre otras penalidades por uso indebido de armas, uso ilegal de productos pirotécnicos y por omisión de denuncia, etc.

Tras la sustentación de los presidentes de las comisiones de Defensa, Tomás Zamudio (NGP); de Justicia, Alberto Beingolea (APGC); y de Seguridad Ciudadana, Renzo Reggiardo (CP), participaron en el debate apoyando la iniciativa y formulando recomendaciones y diversas opiniones los congresistas Luisa María Cuculiza (GPF), Luz Salgado (GPF), Octavio Salazar (GPF), Martha Chávez (GPF), Javier Velásquez (CP), Rosa Mavila (NGP), Javier Bedoya (APGC), Pedro Spadaro (GPF), Gustavo Rondón (SN), Marco Falconí (AP), Juan Pari (NGP), Santiago Gastañadui (NGP) y José León (AP).

La propuesta, luego de pasar a un cuarto intermedio para consensuar un texto sustitutorio, fue aprobada por 98 votos a favor, cero en contra y una abstención. Se le exoneró de segunda votación por 96 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones.



http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/Prensa/heraldo.nsf/CNtitulares1/dce022b08e8f8d8b0525798300128d45/?OpenDocument


Fuerte abrazo.


Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: elchacal en 12 de Enero de 2012, 09:33:55 AM
CitarCongreso aprueba dar amnistía para regularizar tenencia de armas
12 de enero de 2012



LIMA - El pleno del Parlamento aprobó la noche de ayer la ley que concede amnistía por 120 días a las personas naturales o jurídicas para que regularicen o entreguen a la autoridad correspondiente armas en situación ilegal o irregular.

De acuerdo a la norma aprobada, la amnistía es aplicable para los casos de omisión de denuncia por pérdida o sustracción de armas, municiones, granadas y explosivos.

Añade que las personas que entreguen las armas a la autoridad policial, militar, Ministerio Público o la Defensoría del Pueblo, solicitarán la presencia de un notario, fiscal, juez de paz, representante de la Defensoría del Pueblo o de una autoridad comunal o eclesiástica.

Vencido el plazo, las personas que no hayan cumplido con entregar o regularizar las armas, serán sancionadas administrativamente, civil o penalmente según corresponda.

El proyecto también consigna que las penas por tenencia ilegal o irregular serán de no menor de seis ni mayor de quince años, mientras que el tráfico ilegal de armas tendrá sanciones no menores de diez ni mayores a veinte años.

El proyecto fue aprobado por 98 votos a favor, ninguno en contra y una abstención.


referencia:

http://diariocorreo.pe/nota/62378/congreso-aprueba-dar-amnistia-para-regularizar-tenencia-de-armas/
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: TOPGUN en 12 de Enero de 2012, 09:34:42 AM
ta bien, Reggiardo esta haciendo bien las cosas. Pongase a derecho todos los ilegales .
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: Diegojotu en 12 de Enero de 2012, 09:48:57 AM
y que paso con la propuesta de subir de 18 a 21 años la edad minima para portar arma y la vigencia solo de 2 años de las licencias..

Salu2
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: santacruzG25 en 12 de Enero de 2012, 09:50:01 AM
Ayer tuve insomnio gracias al post de Chacal, vi la transmision completa del "debate".
Senti verguenza, nauseas y desconcierto al ver lo sucedido. >:(

Los congresistas no tenian idea sobre que daban el voto...algunos decian Amnistia, otros Desarme, otros todo para Regularizar las armas y asi.

Algunos ejemplos de nuestros ilustres padres y madres de la patria.

R. Reggiardo y su trabalenguas:
"No es Amnistia, es desarme...la Amnistia esta dentro del Desarme."  Me quemo las neuronas.

Congresista ganador de la concha de oro:
"El tramite (para licencia) no es dificil ni engorroso,...un miembro de mi seguridad fue, y en solo un dia tuvo todo.....hay demasiadas licencias, esto parece el lejano oeste."
Disculpen la palabra, pero que tal concha...tiene varios miembros de seguridad, pero al tipejo le parece mal que los ciudadanos se protejan.

Congresista Mavila (de la comision de seguridad, co-autora del proyecto):
Ni enterada que se toma examen psicologico, ademas dijo que Dicscamec entrega licencias como si nada.
Para cerrar con broche de oro dijo "el arma de Gaston es en realidad del padre, es tenencia irregular"....FALSO. la licencia y el arma es del joven.

Algunos pensaban que hasta una granada o fusil salia con licencia luego de la amnistia, otros que todas las armas eran confiscadas.....no tenian idea por lo que votaban.

Y Reggiardo dale con :
Inhabilitacion por 2 años por perdida o robo, aun haciendo denuncia.
Licencia vencida seria delito, ya no falta administrativa...a la carcel.

Si asi aprueban las leyes, con razon somos pais tercer mundista.

Creo que la Santa de los reclusos es Sarita Colonia,
el de los delincuentes seria ¿San Renzo?

Post Merge: 12 de Enero de 2012, 09:51:32 AM

Por si acaso...siempre he tenido y tengo mi licencia al dia.
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: gyapur en 12 de Enero de 2012, 10:39:43 AM
Realmente un asco... una muestra mas de que todas las organizaciones de usuarios legales de armas en este pais son completamente inoperantes...

Cita de: TOPGUN en 12 de Enero de 2012, 09:34:42 AM
ta bien, Reggiardo esta haciendo bien las cosas. Pongase a derecho todos los ilegales.

Antes de que sigas dando vivas, te recomiendo leer el articulo 279-C "uso indebido de armas" de nuestra flamante nueva ley de armas. Ahora segun el criterio del juez, te puede clavar 4 años de carcel si considera que usas, maipulas o maniobras tu arma en lugar publico, independientemente de si es legitima defensa o no (pues no lo menciona).

Estamos presenciando la muerte lenta de la legitima defensa en Peru. Lo van a hacer tan endiabladamente dificil que no vas a poder defenderte sin que te metan preso por incumplir alguna de estas estupideces que ahora son ley.

Ya no vale ni la pena seguir escribiendo....
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: viajero2008 en 12 de Enero de 2012, 10:43:14 AM
CitarPublicado por: gyapur
Insertar Cita
Realmente un asco... una muestra mas de que todas las organizaciones de usuarios legales de armas en este pais son completamente inoperantes...

Cita de: TOPGUN en Hoy a las 09:34:42
ta bien, Reggiardo esta haciendo bien las cosas. Pongase a derecho todos los ilegales.

Antes de que sigas dando vivas, te recomiendo leer el articulo 279-C "uso indebido de armas" de nuestra flamante nueva ley de armas. Ahora segun el criterio del juez, te puede clavar 4 años de carcel si considera que usas, maipulas o maniobras tu arma en lugar publico, independientemente de si es legitima defensa o no (pues no lo menciona).

Estamos presenciando la muerte lenta de la legitima defensa en Peru. Lo van a hacer tan endiabladamente dificil que no vas a poder defenderte sin que te metan preso por incumplir alguna de estas estupideces que ahora son ley.

Ya no vale ni la pena seguir escribiendo....

X 2
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: mutante en 12 de Enero de 2012, 11:08:52 AM
san renzo, jajajajaj buena. como vertan uds. una vez mas se confirma que en el congreso solo hay burros.... antes de postular el jne deberia, al menos, verificar que saben leer y que por lo menos hayan pasado por un curso de educacion civica
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: kalashnikov en 12 de Enero de 2012, 11:06:38 AM

Hasta el gringo del zanjon púede ser congresista, hay que hacer chancha para su DNI !
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: viajero2008 en 12 de Enero de 2012, 11:11:47 AM
Estimado Chacal muchas gracias por los datos, ojala podamos conocer pronto el contenido exacto y total de esta ley, pero por si acaso, Alguien me puede orientar paa saber que requisitos son necesarios para pedir la modificatoria o derogacion de una ley?
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: angelcaido en 12 de Enero de 2012, 11:26:38 AM
la verdad no se ni k estaran asiendo en el congreso pero  como  es penados sacar tu arma y manipularlo que derecho es a la carcel ?????' no me la sabia eso
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: Vicius en 12 de Enero de 2012, 11:27:05 AM
Uhmm no entiendo que pasa, se supone que el proyecto de ley que el proponía es el 190/2011-CR "LEY QUE FOMENTA EL DESARME POR POSESIÓN ILEGAL O IRREGULAR DE ARMAS DE FUEGO Y OTROS Y MODIFICA DIVERSOS ARTÍCULOS DEL CÓDIGO PENAL" y ahora nos salen con la 735/2012-CR  no la había vistop or ningún lado aquí pongo los textos de la 190 de reggiardo


http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Contdoc01_2011.nsf/d99575da99ebfbe305256f2e006d1cf0/b307a411fbce3f060525798200811bd7/$FILE/TSC00144110112.pdf

http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Contdoc01_2011.nsf/0/fd2c1f7c4fbe91f3052579830010c34e/$FILE/TSC00144110112...pdf

Éstos son los textos sustitutorios de ayer 11 de enero del 2012
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: jcc2 en 12 de Enero de 2012, 11:39:27 AM
Ya nos metieron la rata... Ahora solo queda moverse....

A que hora y adonde es el velatoria de la Defensa Personal?

Alguien mas que crea en la "palabra" del Congresista (?) Reggiardo?

Saludos,

JCC2
Título: Proyecto de ley 00735/2011-CR Ley que modifica los artículos.... Es el colmo
Publicado por: Vicius en 12 de Enero de 2012, 12:11:26 PM
Señores ésta es otra, es peor, o es lo peor que he podido leer.


algunas cosas:

-Vigencia de licencia: 02 años
- Armas para defensa personal: 02 armas como máximo
-Armas para caza recreación y supervivencia: las que asigne dicscamec según calibre
-Acreditar la necesidad de un arma de fuego y tener como mínimo 24 años de edad
-La dicscamec verificará el arma cada 6 meses constituyendose un requisito para la renovación de la licencia
-Munición mensual : arma de puño-100, escopeta-100, carabina-100 no acumulativas
-Se prohiba la importación y uso de armas restringidas

Cuales son las armas restringidas, no se


Para ver el proyecto link en la siguiente dirección, luego click en 00735/2011-CR, luego click en "Dar click para ver el expediente digital" lugo click en "Titulo: Ley que modifica ....." en la parte inferior.

http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/CLProLey2011.nsf

Es de miedo.....
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: elchacal en 12 de Enero de 2012, 12:18:07 PM
Cita de: viajero2008 en 12 de Enero de 2012, 11:11:47 AM
Estimado Chacal muchas gracias por los datos, ojala podamos conocer pronto el contenido exacto y total de esta ley, pero por si acaso, Alguien me puede orientar paa saber que requisitos son necesarios para pedir la modificatoria o derogacion de una ley?



Como no Artemio, a pesar que aun no tengo mis anteojos, logre encontrar la maldita ley de marras aprobada el dia de ayer por la noche en el congreso.


GRACIAS  MIL RENZITO, POR HABER CO-CREADO E IMPULSADO TAN VEHEMENTEMENTE ESTA LEY DE DESARME GENERAL PARA USUARIOS LEGALES, GRACIAS A TI POR DARME LA IDEA DE POSTULARME PARA OTORONGO, PUES APARTE DE LLEVARMELA FACIL (EL INSIGNIFICANTE SALARIO Y DEMAS) YA QUE SERA LA UNICA MANERA QUE PODRE TENER "SEGURIDAD ARMADA" LAS 24 HORAS PARA MIS SERES QUERIDOS Y LA MIA PROPIA, PAGADA CLARO ESTA CON DINERO DEL PUEBLO, Y SEGUIR CREANDO MAS LEYES SIMILARES, CLARO MIENTRAS A MI NO ME PERJUDIQUEN EN LO MAS MINIMO.


(http://3.bp.blogspot.com/-hqyl7fWj72c/TX5pSS7vSYI/AAAAAAAAG3o/3bfa-BQ9zo0/s1600/Black+ribbon.jpg)

Citar

LEY  QUE  MODIFICA LOS ARTICULOS 13o,    15o, 16o,  19o, Y
20o    DE   LA   LEY    No    25054    LEY
SOBRE  LA  FABRICACION, COMERCIO, POSESION  Y USO  POR LOS PARTICULARES DE ARMAS Y MUNICIONES QUE  NO SON  DE GUERRA


PROYECTO DE LEY




Los Congresistas de la República, miembros de la Comisión Especial  Multipartidaria de Seguridad  Ciudadana que suscriben, en uso de las atribuciones  conferidas por el   Pleno del  Congreso de  la República  en  su  Sesión  del  11 de agosto  de  2011, proponen el Proyecto de Ley siguiente:
l.   FORMULA LEGAL EL Congreso de la República del Perú;
Ha dado la ley siguiente:



LEY QUE MODIFICA LOS ART1CULOS 13o, 15o,16o, 19o, Y 20o DE LA LEY N°
25054 LEY SOBRE LA FABRICACION, COMERCIO, POSESION Y USO POR LOS PARTICULARES DE ARMAS  Y MUNICIONES QUE NO SON DE GUERRA


Artículo 1o.- Objeto de la ley
La presente Ley tiene por objeto  modificar  diversos artículos  de la Ley  No. 25054  para limitar la  posesión de  armas  de  fuego  de  uso  civil  y  sus  respectivas municiones  y establecer un Registro Unico de Armas de Fuego de uso civil.

Articulo 2.- Modificaciones de la ley 25054
Modificase los articules  13°, 15°, 16°, 19° y 20° de la Ley No.  25054, en los siguientes términos:

"Artículo 13.- El otorgamiento de licencía de posesión y uso de armas de fuego se ceñirá a lo establecido por la presente Ley y su reglamento, teniendo una vigencia de dos (2) años prorrogables, contados  a partir de la fecha de su expedición, a excepción de las licencias especiales  de posesión y uso temporal.


Para los trámites  de licencia de posesión y uso inicial, transferencia  y renovación, será de exigencia   obligatoria,  dentro  de  los  requisitos  establecidos.  la  presentación  de  los certificados de antecedentes policiales, penales y judiciales."

"Artículo 15.- La Dirección de Control de -Servicios  de Seguridad y Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC), otorgará licencia para los fines siguientes:

1.- Fabricación de armas o municiones.
2.- Reparación de armas.
3.- Comercialización de armas o municiones.
4.- Recarga de municiones.
5.- Posesión y uso general de armas y sus municiones, para:
a) Defensa  personal;
b) Deporte:
e) Caza: y,
d) Seguridad y vigilancia armada.
6.- Especiales, de posesión y uso temporal.
7.- Posesión de armas, para:
a) Colección; y,
b) Caza en el extranjero.

La cantidad de armas que puede poseer una persona de acuerdo al uso será:

a) Defensa personal.- Sólo dos armas como máximo
b) Deporte.-  Las  personas  que   practiquen  el  deporte de  tiro   o  caza  deberán presentar   una    certificación   y    justificación   emitida     por    la    federación correspondiente, sobre la necesidad y cantidad de armas.
e) Caza.- La  Dirección de Control de Servicios de Seguridad y Control de Armas, Municiones y Explosivos de  Uso  Civil (DICSCAMEC)  limitará la  cantidad de
armas  de acuerdo al calibre, para las personas que se dedican a la actividad de caza, con fines de recreación y supervivencia.

Los requisitos para obtener licencia para los fines contemplados en los numerales 5, 6, y
7 del presente articulo, son los siguientes:


a.  Solicitud en formulario impreso.
b. Copia del Documento Nacional de Identidad o Carné de Extranjería, vigentes.
c.  Acreditar la necesidad de portar un arma de fuego y tener como mínimo 24 años
de edad

d. Declaración jurada de la persona a nombre de quien se expedirá la licencia de uso; de no tener antecedentes penales, judiciales y policiales, al momento de presentar la solicitud.
e. Certificados de antecedentes penales. judiciales y policiales; que deben presentarse al
momento de recabar la licencia respectiva.
f.   Copia de la factura o boleta de venta canceladas por la compra del arma. g. Carta de la empresa comercializadora para el retiro del arma.
h. Certificado de Salud Mental expedido por establecimientos de salud pública o privada, autorizados por el Ministerio de Salud y registrados por la DICSCAMEC.
i.   Recibo de pago en el Banco de la Nación.
j.  Toma digitalizada de imagen (fotografía) por cada licencia. k. Aprobar los exámenes de manejo de arma y tiro.
l.  Otros que señale el Reglamento de la Ley N° 25054, para cada fin."


La Dirección de Control de Servicios de Seguridad y Controlde  Armas, Municiones y  Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC) verificará  el arma cada seis (6} meses, constituyéndose en un   requisito  para la renovación  de la licencia  de posesión  y uso de arma de fuego".

"Articulo 16.La adquisición de munición para armas de fuego sólo podr á efectuarse por los titulares o representantes legales, previa presentación de la licencia respectiva.

Sólo están  autorizadas la  venta de municiones a los poseedores de las  siguientes licencias:

Posesión y uso generalde armas y sus municiones:
1. Defensa Personal;
2.  Deporte:
3. Caza; y ,
4. Seguridad y vigilancia armada.

La cantidad de munición que puede comprar mensualmente una persona  será:
1. Para arma corta o de puño.100
2. Para escopeta 100
3. Para carabinas 100

Estas compras no son acumulativas y para compra adicional deberá efectuar la justificación correspondiente, lo que será evaluado por La Dirección  de Control de Servicios  de Seguridad y Control de Armas, Municiones  y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC)".

"Articulo 19.- Las personas naturales y jurídicas que deseen dedicarse a la comerciailzación de armas o municiones de uso por los particulares requerirán autorización del Ministerio  del Interior a través de la DICSCAMEC, previa opinión del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

La OICSCAMEC establece las restricciones  para la comercialización de armas  y
municiones en zonas de frontera.

El reglamento establece los requisitos y normas para la comercialización y transferencia de armas".

"Artículo 20.- Las personas naturales y jurídicas autorizadas para comercializar armas o municiones, podrán importar y exportar armas, municiones, accesorios y repuestos con autorización del Ministerio del Interior a través de la DICSCAMEC, previa opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, en función de las necesidades de la  Defensa Nacional y  de conformidad con  la  legislación  en materia industrial, económica y de comercio exterior. Asimismo, podrán comprar armas y municiones de las fábricas nacionales. con la previa autorización de la DICSCAMEC.
Se prohíbe fa importación y uso de armas restringidas". Artículo 3.- Registro único de armas de fuego de uso civil
La Dirección de Control de Servicios de Seguridad y  Control de Armas, Municiones y
Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC)    establecerá un Registro Unico de Armas de


Fuego de Uso Civil, lo que comprende las armas adquiridas de manera  particular por personal de las Fuerzas Armadas y Policfa Nacional del Perú.



11.    EXPOSICION DE MOTIVOS

La  Ley  No. 25054 - Ley  Sobre  la Fabricación,  Comercio. Posesión  y  Uso  por  los Particulares de las Armas   y Municiones  que no son de Guerra norma la fabricación, comercio, posesión y uso por los particulares de las armas que no son de guerra y sus municiones; asimismo la autorización, el control, las infracciones, sanciones  y el destino final de las  mismas. La Dirección  de Control de Servicios de Seguridad  y  Control de Armas Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC), del Ministerio del Interior, es el organismo de autorización y control .

El proyecto de ley pretende  adecuar a las actuales circunstancias la Ley No. 25054 para introducir  mecanismos  de control que impidan que las armas y municiones  legalmente adquiridas  sean materia  de tráfico ilegal y que  puedan  ser  utilizadas  en  actividades delictivas que comprometan la integridad física de las personas.

La Policía Nacionaldel Perú  ha reportado que entre el 01 de octubre y el 14 de diciembre de 2011 han resultado  226 personas heridas de bala, cuyos móviles se en encuentran en proceso de investigación.

Las modificaciones a la Ley 25054 que se proponen son:

1.    Artículo 13°.- Se reduce la vigencia de la   licencia  de posesión y uso de armas de fuego de cinco (05) a dos (02) años.

La ley 25054 en la fecha de su publicación  señaló que la vigencia de de la licencia de posesión  y uso de armas de fuego era de dos (02)  años. Mediante ley No. 29106, publicada el 18 octubre 2007 se amplió la vigencia a cinco (05) años.

Un  plazo  corto  de  vigencia  de  las  licencias  otorgadas  permitirá  a  la  autoridad competente comprobar el uso adecuado delarma de fuego.

2.     Artículo 15°.-  Se introduce las siguientes normas:

a. Se limita la cantidad de armas que puede poseer  una persona de acuerdo al uso.


El artículo 79° del Reglamento de la ley No. 25054 establece que la posesión de armas autorizadas para defesa personal sólo permite la tenencia como máximo de cinco armas para cada persona.

En  el  articulo  144° del Reglamento  se establece que la  cantidad  de  armas  y municiones, repuestos, accesorios e insumas, permitidas a cada deportista afiliado está en función  de las modalidades deportivas que practique certificadas y justificadas por la Federación respectiva. En este caso, se eleva a rango de ley lo señalado en el reglamento.

El Reglamento no establece límites en la cantidad de armas de caza para las actividades de recreación y supervivencia.

b. Acreditar la necesidad de portar  un arma de fuego  y tener  como mlnimo 24 años de edad.



Consideramos   importante  incluir  este  requisito  para impedir   el  acceso  a  la posesión legal de armas a jóvenes que podrían ser tentados por el pandillaje u otras actividades ilícitas.

c. La  Dirección de  Control de  Servicios de  Seguridad y  Control de  Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC) verificará el arma cada seis  (6) meses,  constituyéndose en un    requisito para  la renovación de la licencia de posesión y uso de arma de fuego.

Con esta propuesta se pretende verificar la conservación de las armas de fuego por parte de los titulares de una licencia.

3.    Artículo   16".-   Se   limita    la   cantidad   de   munición  que    puede    comprar mensualmente una persona

El articulo 73° del reglamento de la ley No. 25054 establece que las personas poseedoras  de licencia podrán  adquirir mensualmente  y  en forma  no acumulativa hasta:                                   .
a. Seiscientos (600) cartuchos para cada carabina, ya sea de fuego central o anular.
b. Seiscientos (600) cartuchos para cada arma de puf'lo c. Un mil (1000) cartuchos para cada escopeta.

4.    Artículo   19".-    La    DICSCAMEC    establece   las    restricciones   para    la comercialización de armas y municiones en zonas de frontera.

Se propone esta norma con la finalidad de evitar el tráfico de armas desde y hacia el pa f s.

s.   Artículo 20°.- Se prohíbe la importación y uso de armas restringidas

De acuerdo a la R.M. N° 707-2006-DE/CCFFAA  que aprueba la Directiva que dicta Normas Complementarías para autorizar la renovación de licencias de armas de uso restringido  para  seguridad  personal se  consideran  armas  de  uso  restringido  las pistolas semiautomáticas de calibres  9 x 19 mm. (Parabellum o Luger), cuya energía en  boca  de  cañón  sea  superior  a  los  40  kilográmetros   pero  inferior  a  los  80 kilográmetros.

La propuesta pretende limitar el uso de armas de fuego de alto poder destructivo, en vista  que el país ya no se encuentra  convulsionado  por la  violencia  terrorista  que justificaba su uso.

En el artículo 3., del proyecto de ley se propone que La Dirección de Control de Servicios de Seguridad  y Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC) establecerá  un Registro Unico de Armas de Fuego de Uso Civil, lo que comprende  las armas adquiridas  de manera particular por personal de las Fuerzas Armadas  y Policía Nacional del Perú.

El registro permitirá un mayor control y seguimiento  de las armas en circulación dentro del territorio nacional.


111.   ANALISIS COSTO-BENEFICIO

La impel mentación  de la Ley no requiere el uso de recursos públicos; por cuanto, las normas son de cumplimiento de los administrados y en el caso del Registro Unico.    la Dirección  de  Control de  Servicios  de  Seguridad y  Control  de  Armas,  Municiones  y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC) .sistematizará la información que mantiene en sus archivos.




IV.- EFECTOS DE LA VIGENCIA DE L.A NORMA SOBRE LA LEGISLACION NACIONAL



La propuesta legislativa modifica la ley No. 25054 - Ley Sobre la Fabricación, Comercio, Posesión y Uso por los Particulares de las Armas  y Munidones que no son de Guerra.


REFERENCIA:
http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Contdoc01_2011.nsf/d99575da99ebfbe305256f2e006d1cf0/53fb87b9781dee430525798300578c08/$FILE/PL00735110112.pdf





..Y pensar que muchos habíamos estado siguiendo la ley de marras, desde que se inicio...y esta que acaban de aprobar, y no dudo el impresentable firmara al toque....Honestamente NUNCA LA HABIA VISTO....hasta ahora, ...después que la aprobaron...que ingenuo que fuimos...ahhhh! Renzito y hasta llegue a pensar que podías haber sido manipulado o eran solo tus ganas de figurar en la fotito y los titulares...pero también sabias jugar a lo de "trasnochadas y enmiendas de ultimo minuto"..y así decías que NO ERAS CAVIAR DESARMISTA.....que tal csm.!


Bueno estan Jodidos...perdon servidos...yo tambien.





Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: santacruzG25 en 12 de Enero de 2012, 12:28:05 PM
ACREDITAR LA NECESIDAD DE PORTAR UN ARMA DE FUEGO

Hay esta la jugadasa.......si solicitas como ahora para DEFENSA PERSONAL...¿que tienes que acreditar?

¿facturar miles de dolares?, ¿tienes una amenaza especifica?,

Si sacas para defensa personal...¿como se acredita la necesidad? ???
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: elchacal en 12 de Enero de 2012, 12:41:08 PM
Cita de: santacruzG25 en 12 de Enero de 2012, 12:28:05 PM
ACREDITAR LA NECESIDAD DE PORTAR UN ARMA DE FUEGO

Hay esta la jugadasa.......si solicitas como ahora para DEFENSA PERSONAL...¿que tienes que acreditar?

¿facturar miles de dolares?, ¿tienes una amenaza especifica?,

Si sacas para defensa personal...¿como se acredita la necesidad? ???


Asumo que dos caminos y requisitos basicos..:

A)-Denuncia de asesinato o agresion ilicita grave con muerte, con resultado verificado y certificado por la dinincri. (del solicitante)
C)- Cerficado de defuncion del solicitante.
B)- Certificado de examen de Necropcia (del solicitante) del instituto de medicina forense legal.
D)- Pago al banco de la nacion por 5.00 nuevos soles.

O.... POR DEFECTO: ..si tienes mucho dinero, o estas bien apadrinado o tienes amigazos..o  ser OTORONGO. (esto ultimo lo mas facil y asequible)
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: NatoR en 12 de Enero de 2012, 12:56:36 PM
La Ley ha sido aprobada y los choros hicieron fiesta, pero para cuando entrará plenamente en vigencia.

Las Armerías ya estarán informadas que el limite es de 100 municiones o recién se van a enterar.

Las personas que tiene 5 armas para defensa osea con licencia roja supongo las pasarán a deportivas o se las van a internar.

Todo con tal de que los chorizos estén protegidos, sanos y salvos.

Saludos.

JUAN CARLOS a.K.a. NatoR
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: gyapur en 12 de Enero de 2012, 01:34:25 PM
y todos los que estaban de acuerdo con reggiardo??? No los escucho decir hurra por la nueva ley..... ahora estaremos mas seguros verdad???
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: kalashnikov en 12 de Enero de 2012, 01:57:11 PM
y ahora?

No hay forma acaso que los presidentes de asociaciones de tiro en todas sus modalidades , foros y armerias  se pongan de acuerdo y se llame a la prensa ?
Hasta podriamos darles sustento haciendo un padron de firmas de usuarios legales en desacuerdo con el proyecto de ley... el Sr Castañeda podria estar presente y apoyar en lo legal junto con  los compañeros / usuarios abogados que puedan apoyar.

Luego se podria hacer un planton frente a la dicscamec o cuando se presente la ley a debate en las puertas del congreso.

Hay que hacer chongo señores!! El que no llora no mama.
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: rrpalma en 12 de Enero de 2012, 01:59:31 PM
Se habla mucho de qué podíamos hacer. Como "gremio" no hemos hecho mucho (todavía), pero individualmente podemos hacer algo.

Los emails de los congresistas están acá:
http://www.congreso.gob.pe/organizacion/pleno.asp?mode=Pleno

Podemos por lo pronto escribirles a cada uno de ellos, de manera alturada, haciendo ver nuestros puntos de vista. Yo ya lo hice.

No nos quejemos después.
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: Tato en 12 de Enero de 2012, 02:24:43 PM
Despacho de Renzo Reggiardo: 3117504
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: Vicius en 12 de Enero de 2012, 03:14:39 PM
En cuanto a acreditar la necesidad de portar armas de fuego envié un correo por medio del portal del congreso de la república, algo que no había visto antes en donde puedes mandar tu opinión a los congresistas en ésta dirección:

http://www.congreso.gob.pe/pvp/proyectos_debate.htm

Que genial, bueno entre otras cosas del proyecto 00735/2011-CR que tambien debatí en mi mensaje expuse ésto sobre esta "acreditación de necesidad de portar armas":

Citar...Acreditar la necesidad de portar un arma es creer que las personas pueden adivinar su futuro, cosa que es imposible, uno nunca puede saber en que momento o por qué persona puede ser atentado; aún más cuando la necesidad según la legitima defensa es actual y necesaria según los hechos que se dan en un momento determinado, osea que la persona no pudo preveér, por lo tanto no puede haber una necesidad anterior al hecho suscitado....

Opiniones??? Gracias, muchos saludos.
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: TOPGUN en 12 de Enero de 2012, 03:52:43 PM
Cita de: gyapur en 12 de Enero de 2012, 10:39:43 AM
Realmente un asco... una muestra mas de que todas las organizaciones de usuarios legales de armas en este pais son completamente inoperantes...

Cita de: TOPGUN en 12 de Enero de 2012, 09:34:42 AM
ta bien, Reggiardo esta haciendo bien las cosas. Pongase a derecho todos los ilegales.

Antes de que sigas dando vivas, te recomiendo leer el articulo 279-C "uso indebido de armas" de nuestra flamante nueva ley de armas. Ahora segun el criterio del juez, te puede clavar 4 años de carcel si considera que usas, maipulas o maniobras tu arma en lugar publico, independientemente de si es legitima defensa o no (pues no lo menciona).

Estamos presenciando la muerte lenta de la legitima defensa en Peru. Lo van a hacer tan endiabladamente dificil que no vas a poder defenderte sin que te metan preso por incumplir alguna de estas estupideces que ahora son ley.

Ya no vale ni la pena seguir escribiendo....

Para empezar 4 años no vas fisicamente preso , no esta claro el 279-c , porque por ejemplo , si en restaurante un samapadito saca su cuete y hace cojudeces, no me parece para nada malo. No se acuerdan de este patita con bmw y su sig 226 nuevesita que armo un escandalo en san isidro Asumo por alli va el tema, como manejar ebrio o hacer cosas indebidas , nose pues . Es una estupides pero si pasa. Hay gente loquita por alli.

Yo no me loqueo por lo que acaban de aprobar, suena una buena limpieza , de todas formas asi como paso en la epoca de toledo y la 9mm para era RESTRINGIDAS y un webo de gente estaba de ilegal etc etc y asi nacio la liscensia rosada. Yo pienso que va pasar igual. Esta golpiando fuerte, nos conviene a TODOS desarmar cierta gente SI. 
Es una medida drastica, despues vamos a ver como cambia.
Alan 2016 !!!

Yo me intuia que algo asi iba a pasar y por eso saque mi 92 hace poco, despues de elecciones del 2016 veo que hago.

Han existido epocas peores, ya se fue el gobierno aprista que ha sido dentro de todo bastante afin ahora viene el desarmista y despues vendra otros. Y para esa epoca estare por alli jajaja

Este año empiezo mi mba en ciencias politicas, algun dia les dire por quien votar y aunque voy a entrar por otro tema este es el primero que cambio.

Vivan las 45 !!!!


no se estresen que nada ganan, manden sus cartas al señor reggiardo. Yo ya hice la mía y mande  con todo lo que vi y veo en kakamec y como pienso yo deberían ser las cosas sugiriendo en parte el sistema americano y el europeo.
Y cada cierto tiempo le va caer una misiva , lo hago por Mi , si sirve y le cae alguien mostro.

La verdad que todo mundo rabetea pero desde que tengo uso de arma y postiaba en aplaf NUNCA nadie excepto quien abogo en la época de toledo por las rosadas , NADIE osea NADIE ha hecho nada por esto.

Por lo que mejor uno vela por su bote que el mar ya se puso bien jodido.




slds

TG.

Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: rreyese78 en 12 de Enero de 2012, 03:54:13 PM
Estamos jodidos....limitacion de armas, de municion, licencias de 2 años, prohibidas las parabellum....PTM.
Entonces las licencias actuales tienen vigencia todavia y luego al renovar recien sera a los 2 años, o ya si una licencia que indica validez x 5 años automaticamente queda inservible el tiempo y pasa a servir solo por esos 2 años????? No se si me dejo entender????
Otra decepcion mas!!!
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: momens en 12 de Enero de 2012, 04:04:07 PM
Mis Condolencias Señores.
ahora, si tengo 3 armas de defensa tendre que vender una.

lo único que logran es aumentar el mercado negro de armas.

Rreyes, maximo 2 armas de defensa x persona ahora!!

Saludos.
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: rreyese78 en 12 de Enero de 2012, 04:15:19 PM
Eso si esta claro tio, mi pregunta es si las licencias actuales que tenemos que tienen vigencia de 5 años...continuan con ese tiempo de vigencia??
Saludos......snif,snif,snif,snif.
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: AGUILA FORTE en 12 de Enero de 2012, 04:22:40 PM
lamentable lo sucedido...es un derecho que teníamos en poseer armas legalmente y a la legitima defensa..una vez mas se vulnero esa ley creando otra...

una pregunta volada ..y pasa los que tienes mas de 2 armas...?...al menos podemos traspasarlo..? verdad algun familiar..para que no quede como ilegal..pienso yo....o  no es así ?..alguien  que me aclare esta duda por favor..

por lo demás estamos bien fritos..por que la verdad 150 municiones es como mínimo que se gasta uno en un entrenamiento..entonces como michi  piensan que un usuario legal se va entrenar..no hay pies ni cabeza con esa ley...en fin..

saludos
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: elchacal en 12 de Enero de 2012, 04:28:34 PM



¿Podria ser una salida buena y concreta esta?:

Referencia:
http://www.tirodefensivoperu.com/forum/index.php?topic=10685.15
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: Penaranda1 en 12 de Enero de 2012, 04:30:21 PM
Cita de: viajero2008 en 12 de Enero de 2012, 10:43:14 AM
CitarPublicado por: gyapur
Insertar Cita
Realmente un asco... una muestra mas de que todas las organizaciones de usuarios legales de armas en este pais son completamente inoperantes...

Cita de: TOPGUN en Hoy a las 09:34:42
ta bien, Reggiardo esta haciendo bien las cosas. Pongase a derecho todos los ilegales.

Antes de que sigas dando vivas, te recomiendo leer el articulo 279-C "uso indebido de armas" de nuestra flamante nueva ley de armas. Ahora segun el criterio del juez, te puede clavar 4 años de carcel si considera que usas, maipulas o maniobras tu arma en lugar publico, independientemente de si es legitima defensa o no (pues no lo menciona).

Estamos presenciando la muerte lenta de la legitima defensa en Peru. Lo van a hacer tan endiabladamente dificil que no vas a poder defenderte sin que te metan preso por incumplir alguna de estas estupideces que ahora son ley.

Ya no vale ni la pena seguir escribiendo....

X 2
x4
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: TOPGUN en 12 de Enero de 2012, 06:25:57 PM
Cita de: rreyese78 en 12 de Enero de 2012, 04:15:19 PM
Eso si esta claro tio, mi pregunta es si las licencias actuales que tenemos que tienen vigencia de 5 años...continuan con ese tiempo de vigencia??
Saludos......snif,snif,snif,snif.
obvio,
el problema sera la renovacion.
Alli quien podra ayudarnos ???

el chapulin malogrado !!
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: TOPGUN en 12 de Enero de 2012, 06:28:23 PM
Cita de: Penaranda1 en 12 de Enero de 2012, 04:30:21 PM
Cita de: viajero2008 en 12 de Enero de 2012, 10:43:14 AM
CitarPublicado por: gyapur
Insertar Cita
Realmente un asco... una muestra mas de que todas las organizaciones de usuarios legales de armas en este pais son completamente inoperantes...

Cita de: TOPGUN en Hoy a las 09:34:42
ta bien, Reggiardo esta haciendo bien las cosas. Pongase a derecho todos los ilegales.

Antes de que sigas dando vivas, te recomiendo leer el articulo 279-C "uso indebido de armas" de nuestra flamante nueva ley de armas. Ahora segun el criterio del juez, te puede clavar 4 años de carcel si considera que usas, maipulas o maniobras tu arma en lugar publico, independientemente de si es legitima defensa o no (pues no lo menciona).

Estamos presenciando la muerte lenta de la legitima defensa en Peru. Lo van a hacer tan endiabladamente dificil que no vas a poder defenderte sin que te metan preso por incumplir alguna de estas estupideces que ahora son ley.

Ya no vale ni la pena seguir escribiendo....

X 2
x4
x 200mil

y una pregunta , la legitima defensa eso solo con arma de fuego ? esa ley sigue vigente, tendremos que recordar las artes marciales y llevar unos blades , tu ballesta pa viajes largo , tipo madmax.

Krafmaga y otros seran mas negocio que las armerias que los ultimos meses las he visto repletas, a comiezos de la decada pasada paraban vacias.

Ellos son los que van a pifiar mas rapido.
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: FERSOL en 12 de Enero de 2012, 06:55:27 PM
Queridos amigos, salen leyes y muchos articulos que nos mutilan a los poseedores legales de armas, y a los delincuentes, que leyes se han vuelto mas drasticas para ellos???, me pregunto, disminuira el mercado negro de armas, dejaran los delincuentes de usar armas contra personas comunes y desarmadas???; los civiles legales muchas veces aparecemos como delincuentes cuando queremos salvar nuestro pellejo, detenidos, esposados, hasta en prisión, y amenazando nuestra integridad y la de nuestra familia, solo por querer vivir. Que injusta nuestra patria. De quien es el Perú, de los ciudadanos legales o de los delincuentes ?
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: TOPGUN en 12 de Enero de 2012, 07:06:10 PM
sino puedes con el enemigo unete, ya dejemos de ser tan nobles , vao a ser una chambita pue, que proponen camaradas jajajajjaj
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: cz-83 en 12 de Enero de 2012, 08:15:44 PM
Cita de: FERSOL en 12 de Enero de 2012, 06:55:27 PM
Queridos amigos, salen leyes y muchos articulos que nos mutilan a los poseedores legales de armas, y a los delincuentes, que leyes se han vuelto mas drasticas para ellos???, me pregunto, disminuira el mercado negro de armas, dejaran los delincuentes de usar armas contra personas comunes y desarmadas???; los civiles legales muchas veces aparecemos como delincuentes cuando queremos salvar nuestro pellejo, detenidos, esposados, hasta en prisión, y amenazando nuestra integridad y la de nuestra familia, solo por querer vivir. Que injusta nuestra patria. De quien es el Perú, de los ciudadanos legales o de los delincuentes ?


Cuantos otorongos delincuentes han sido desemmascarados hasta ahora? el peru es de delincuentes e ignorantes, sino, como tendriamos el presi que tenemos?

TOPGUN tiene razon cuando renovemos sera el problema, al parecer la ley no es retroactiva. pero se equivoca en Alan 2016, sus programas sociales le garantizaran su continuidad, acuerdense de Evo: "Latinoamerica se pinta de rojo".

Que pena por mis hijos, el pais que van a recibir....

Un abrazo, en el dolor y la indignacion... tambien unidos.

Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: TOPGUN en 12 de Enero de 2012, 09:14:29 PM
vamonos a Uruguay , alli necesitan gente o Canada.
Yo ya la estoy pensando.  Hoy prendi las noticias con el narizon de verga de canal 4, puro muerto.
Realmente se ha vuelto un mercado de sngre las noticias, por el pinche rating, dakar ,, les robaron en tacna.

ojala algun dia los peruanos seamos dignos del himno y seamos libres.
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: 1800cc en 12 de Enero de 2012, 10:24:02 PM
Cita de: kalashnikov en 12 de Enero de 2012, 01:57:11 PM
y ahora?

No hay forma acaso que los presidentes de asociaciones de tiro en todas sus modalidades , foros y armerias  se pongan de acuerdo y se llame a la prensa ?
Hasta podriamos darles sustento haciendo un padron de firmas de usuarios legales en desacuerdo con el proyecto de ley... el Sr Castañeda podria estar presente y apoyar en lo legal junto con  los compañeros / usuarios abogados que puedan apoyar.

Luego se podria hacer un planton frente a la dicscamec o cuando se presente la ley a debate en las puertas del congreso.

Hay que hacer chongo señores!! El que no llora no mama.

Todo el mundo nos la pasamos lamentandonos y lamentándonos y no movemos un dedo contra esta medida lo que debemos hacer es ACTUAR algunos se preguntaran y por que no empiezas tu? por que yo soy de provincia y desde acá sabran ustedes no se puede hacer mucho mas que motivar a otros portadores legales de armas a que se inscriban en este foro y se acoplen a las medidas a tomar. Por ejemplo crear un padrón para enviar nuestros datos y firma digital o escaneada para que allá en Lima como dice el compañero KALASHNIKOV presentarlo en el planton ante el congreso y en paralelo, alguien como se nota que si los hay aquí  algunos que los tienen bien puestos, presentarse en un canal de TV, a mi modesto padecer más que eso no se puede hacer. Como dice el lema "HAY QUE MORIR LUCHANDO" ó "DE PIE O MUERTO PERO NUNCA DE RODILLAS" ................no es cierto TOPGUN???
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: TOPGUN en 13 de Enero de 2012, 08:44:06 AM
Muy cierto 1800, no peor gestion que la que no se hace, hay n cosas que se proponen pero como ves pasan los dias y DESDE HACE TIEEEMMPO OSEA DESDE QUE PASO LO DEL CONGRESISTA EN ESTE FORO SE VIENE ADVIRTIENDO POR VARIOS USUARIOS Y NADA.

Parece que en verdad a nadie le interesa lo suficiente.

Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: viajero2008 en 13 de Enero de 2012, 09:17:46 AM
alguien que este en Lima debe asumir la responsabilidad coodinacion para convocar una reunion general para poder tomar accion
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: Diegojotu en 13 de Enero de 2012, 12:10:29 PM
El proyecto aun no ha sido aprobado. Es cierto ha sido propuesto y tiene bastante acogida dentro de los congresistas, pero aun no ha sido debatida ni aprobada.

Se tiene que hacer algo ya!, mañana diran que cada persona que tenga su licencia solo podra hacer uso de 50 balas mensuales.
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: BUNKER en 13 de Enero de 2012, 02:10:27 PM
Esta ley es solo para perjudicar a las personas q han adquirido sus armas legalmente en las  armerías, q se han dado el trabajo de perder todo un día tramitado o renovando su licencia en la DICSCAMEC.
Señores al delincuente no le INTERESA esta ley por q el no pide factura por el arma ni por las balas, el no renueva licencias por q la suya es ilimitada, el no tiene el arma por deporte, caza o defensa personal, él tiene el arma para, ROBAR,  ASECINAR, VIOLAR etc., etc., y  lo sabe todo el mundo, lo q pasa q acá en nuestro país están acostumbrados hacer las cosas por el lado más fácil y así  justificar su trabajo, cargo y sueldo,  por q no se preocupan por equipar mejor a la policía, para q el ciudadano se sienta más seguro, a las fuerzas armadas para q puedan protegernos de una acción velica, por  q no se preocupan por sancionar más drásticamente a los delincuentes, por q a ellos no les interesa para nada la vida de los ciudadanos, ellos de frente te cortan o te disparan así no le hayas puesto resistencia y no les interesa ni el sexo, la edad  o condición de las personas.
Yo creo q Reggiardo  todavía tiene tiempo de recapacitar,  e Ibérico q tanto salió a defender al muchacho, también ha firmado a favor de la modificatoria da la ley.
saludos
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: TOPGUN en 13 de Enero de 2012, 02:40:32 PM
Cita de: Diegojotu en 13 de Enero de 2012, 12:10:29 PM
El proyecto aun no ha sido aprobado. Es cierto ha sido propuesto y tiene bastante acogida dentro de los congresistas, pero aun no ha sido debatida ni aprobada.

Se tiene que hacer algo ya!, mañana diran que cada persona que tenga su licencia solo podra hacer uso de 50 balas mensuales.
Como? se aprobo la ley en el congreso, falta nomas que el ejecutivo la vea y le de su VB . O la revise que lo dudo mucho.
De todas las leyes despues se salen modificatoria con caracter de ley.
Pero ya fue. Este verano ni acercarse porque van estar full con la amnistia.
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: FERSOL en 14 de Enero de 2012, 02:04:59 PM
 Muy buena percepcion BUNKER, estoy de acuerdo

Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: TOPGUN en 14 de Enero de 2012, 04:58:40 PM
Cita de: BUNKER en 13 de Enero de 2012, 02:10:27 PM
Esta ley es solo para perjudicar a las personas q han adquirido sus armas legalmente en las  armerías, q se han dado el trabajo de perder todo un día tramitado o renovando su licencia en la DICSCAMEC.
Señores al delincuente no le INTERESA esta ley por q el no pide factura por el arma ni por las balas, el no renueva licencias por q la suya es ilimitada, el no tiene el arma por deporte, caza o defensa personal, él tiene el arma para, ROBAR,  ASECINAR, VIOLAR etc., etc., y  lo sabe todo el mundo, lo q pasa q acá en nuestro país están acostumbrados hacer las cosas por el lado más fácil y así  justificar su trabajo, cargo y sueldo,  por q no se preocupan por equipar mejor a la policía, para q el ciudadano se sienta más seguro, a las fuerzas armadas para q puedan protegernos de una acción velica, por  q no se preocupan por sancionar más drásticamente a los delincuentes, por q a ellos no les interesa para nada la vida de los ciudadanos, ellos de frente te cortan o te disparan así no le hayas puesto resistencia y no les interesa ni el sexo, la edad  o condición de las personas.
Yo creo q Reggiardo  todavía tiene tiempo de recapacitar,  e Ibérico q tanto salió a defender al muchacho, también ha firmado a favor de la modificatoria da la ley.
saludos

Esto ya suena a disco rayado , todo el mundo escribe igual o parecido. El foro se ha vuelto politico y supuestamente va en contra de las reglas de mismo foro.
No creo que ninguno de los congresistas lea o tome en cuenta este foro, lo mas probable es que ni sepan de su existencia.
Me parece que todas quejas se deben concentrar en un solo mensaje colgado, casi la mitad del foro son los casos y la leyes. 
Creo que han organizado una asamblea , alli nos vemos. Ojala vaya Iberico si se excusa avisen pa no ir porque de nada servira , sigamos quejandonos aqui.

slds

TG.
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: lorenzomulanovich en 16 de Enero de 2012, 11:08:08 PM
Cita de: viajero2008 en 12 de Enero de 2012, 11:11:47 AM
Estimado Chacal muchas gracias por los datos, ojala podamos conocer pronto el contenido exacto y total de esta ley, pero por si acaso, Alguien me puede orientar paa saber que requisitos son necesarios para pedir la modificatoria o derogacion de una ley?


Si, aun tenemos esa opción!! Tenemos que ver como se hace para pedir que se derogue esa ley estupida de Reggiardo y esa sarta de ignorantres.
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: 1800cc en 23 de Enero de 2012, 09:59:50 PM
Yo creo que tambien podrían apoyar las empresas de seguridad ya que ellos estan organizados en las mismas y pueden movilizar a sus agentes de seguridad para hacer masa por que ellos tambien se verán perjudicados.....o no.
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: elchacal en 24 de Enero de 2012, 06:43:56 PM
Deseo hacer una rectificación a un post  que INICIALMENTE, era correcta....

Cita de: elchacal en 11 de Enero de 2012, 11:51:47 PM

Mil disculpas, lo que sucede es que estoy bastante atareado, y para remate deje mis anteojos. y ya no los puedo recoger hasta mañana (no puedo leerr ni escribir con facilidad) y recien acabo de poder conseguir informacion OFICIAL CONFIRMADA al respecto.

Seguramente ya mañana temprano saldran en los noticieros o medios escritos.

A esto me refiero:


Citar


Ante creciente ola de violencia con armas de fuego

CONGRESO APROBÓ LEY PARA REGULARIZAR O ENTREGAR ARMAS EN POSESIÓN ILEGAL O IRREGULAR



    El Pleno del Congreso, que preside, Daniel Abugattás Majluf, aprobó el miércoles 11 la ley que concede amnistía por 120 días para que las personas naturales o jurídicas regularice o entreguen las armas que poseen ilegal o irregularmente a la autoridad correspondiente para que sean internadas en la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil (DISCAMEC).

La amnistía también es aplicable para los casos de omisión de denuncia por pérdida o sustracción de armas, municiones, granadas y explosivos.

Las personas que proceden a entrega de armas a la autoridad policial, militar, Ministerio Público o Defensoría del Pueblo, solicitarán la presencia de un notario, un fiscal, juez de paz, un representante de la Defensoría del Pueblo, o de una autoridad comunal o eclesiástica.

Vencido el plazo establecido las personas que no hayan cumplido con la entrega o regularización de las armas que poseen, serán sancionadas administrativamente, civil o penalmente, según como corresponda.

Las penas por tenencia ilegal o irregular serán de no menor de seis ni mayor de quince años. El tráfico ilegal de armas será sancionado con penas de no menor de diez ni mayor de veinte años, entre otras penalidades por uso indebido de armas, uso ilegal de productos pirotécnicos y por omisión de denuncia, etc.

Tras la sustentación de los presidentes de las comisiones de Defensa, Tomás Zamudio (NGP); de Justicia, Alberto Beingolea (APGC); y de Seguridad Ciudadana, Renzo Reggiardo (CP), participaron en el debate apoyando la iniciativa y formulando recomendaciones y diversas opiniones los congresistas Luisa María Cuculiza (GPF), Luz Salgado (GPF), Octavio Salazar (GPF), Martha Chávez (GPF), Javier Velásquez (CP), Rosa Mavila (NGP), Javier Bedoya (APGC), Pedro Spadaro (GPF), Gustavo Rondón (SN), Marco Falconí (AP), Juan Pari (NGP), Santiago Gastañadui (NGP) y José León (AP).

La propuesta, luego de pasar a un cuarto intermedio para consensuar un texto sustitutorio, fue aprobada por 98 votos a favor, cero en contra y una abstención. Se le exoneró de segunda votación por 96 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones.



http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/Prensa/heraldo.nsf/CNtitulares1/dce022b08e8f8d8b0525798300128d45/?OpenDocument



Fuerte abrazo.




Posteriormente buscando información mas precisa en la cual debido a desconocer los procedimientos y  tramites en y dentro del Congreso de la Republica, di por hecho en forma INVOLUNTARIA  y cometi un   ERROR,   la  aprobación de una ley que parece aun NO ha sido aprobada realmente en el pleno del congreso.

Me refiero al Proyecto de ley N°  735-2011
Referencia:
http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Contdoc01_2011.nsf/d99575da99ebfbe305256f2e006d1cf0/53fb87b9781dee430525798300578c08/$FILE/PL00735110112.pdf


El cual hice mención en este post.:
http://www.tirodefensivoperu.com/forum/index.php?topic=10695.15


Reitero mi desconocimiento de los procedimientos me llevo a este involuntario error, mas aun que al encontrar dicho proyecto (del cual desconocíamos de su existencia por completo hasta ese momento) lo primero que encontré en el encabezado de dicho documento oficial, es que había un sello (curiosamente con la misma fecha del debate en el pleno)  lo cual "me hacia entender erróneamente que ese era el documento aprobado en dicho pleno"


(http://i1179.photobucket.com/albums/x394/tdp-image/001-24-01.jpg)

Lo cual ya ahora a la luz de estos nuevos acontecimientos, hasta me hace suponer o sospechar que dada la fecha de ingreso al congreso y la coincidencia de la misma, (11 de Enero 2012) y  con la aprobación de las otras 2 leyes anteriores (ya aprobadas ese mismo día).ya tiene todo una estrategia montada para darle curso.

Hace ya varios días venia haciendo seguimiento en que situación de tramite estaba dicha supuesta ley APROBADA, y el día de hoy, ya salio publicado en la Web del congreso y por fin ha sido ya puesto a disposición del Presidente de la Republica para su PROMULGACION (Firma) para que tenga rango de ley efectiva.

Y me di con la sorpresa que la LEY APROBADA...Si  resultaron  ser las dos (2) leyes mencionadas anteriormente, N°  144 y 190.
Las cuales ya están en estos momentos justamente 24 de Enero 2012  han sido presentado y recibidos  en las  oficinas de la Presidencia para la firma FINAL y su puesta en vigencia, que asumo se dará en pocos días.

Referencias:
http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Contdoc01_2011.nsf/0/b78f8b9fbf57e3eb0525798f0060e84c/$FILE/AU00144240112.pdf

Posteriormente a este "descubrimiento" que acabo de hacer, también ahondando en mi búsqueda, quería ver que paso realmente aquel día del debate (11 de Enero 2012) pues lamentablemente NO pude grabarlo y solo se trasmite íntegramente en el canal del congreso que esta únicamente en cable y también en Internet.
Recordé que en todas las sesiones de los plenos del congreso de la republica, se utilizan "diario de debates" (transcripciones) y hoy pude comprobar que al menos eso si existe en la Web del congreso, de allí pude comprobar que en ese diario esta REGISTRADO palabra por palabra (asumo que completas y sin edición o cortes) la intervención de cada uno de los congresistas...hoy al leer el integro de los debates y exposiciones desde que comienza hasta el final (yo vi en directo en Willax-TV. lamentablemente por partes e incompleto) pude por fin saber que dijeron algunos congresistas de mi preferencia...y la verdad he quedado muy decepcionado, pues por un lado en las entrevistas dicen una cosa pero a la hora de hablar...solo siguen al rebaño...y Votan de igual manera...por eso URGE que aprendamos nosotros a conocer bien a nuestros representantes a futuros congresos.
Aquí les dejo algo muy importante y valioso a quienes realmente son acuciosos (que es muy diferente a ser  ociosos)  y tienen interés en saber que sucede en los plenos del congreso, para que puedan leer lo que se dijo..incluido el "Figueti de moda"...y sepan como es que deciden nuestros destino al dictar leyes al manotazo, sin saber ni analizar a fondo que es lo que se aprueba...y curiosamente hasta hubo un congresista que dijo ser usuario legal de armas..y aunque en palabras hablo a favor de nosotros y los tramites en la DICSACMEC...igual NO se opuso a dicha ley...la votación final oficial así lo confirma.

Referencia:
http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/DiarioDebates/Publicad.nsf/SesionesPleno/05256D6E0073DFE905257983001AC91B/$FILE/PLO-2011-28.pdf

Quisiera aclarar, que este error MIO involuntario, NO CAMBIA en nada el fondo de nuestras preocupaciones que afectaran  nuestros derecho a la legitima defensa y otros derechos constitucionales,  pues por un lado EXISTE una ley (N° 735) que esta a la espera de ser APROBADA en el congreso, y por el otro lado NO  menos grave que en esta nueva ley SI APROBADA  (N° 144 -190 )  ya esta ad-portas de ser LEY, donde se menciona las nuevas enmiendas:



"Artículo 279-B.- Tenencia ilegal o irregular de armas

El que ilícitamente tiene en su poder armas de uso civil y/o de guerra, municiones  o  materiales  explosivos,  inflamables,  asfixiantes  o  tóxicos previstos en el artículo 279°,será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de quince años.
La pena será no menor de tres ni mayor de seis años, si la tenencia es irregular.

Artículo 279-C.- Uso indebido de armas
El que teniendo licencia vigente para portar armas de fuego, hace uso, maniobra o de cualquier forma manipula la misma, sin motivo justificado, en lugar público o poniendo en riesgo bienes jurídicos de terceros, será sancionado con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años e inhabilitación conforme al artículo 36, inciso 6, del Código Penal".


"Artículo 279-F.- Omisión de denuncia

......Del mismo modo el que pierde su arma y pese a que denuncia el hecho oportunamente será impedido de gestionar otra licencia en un plazo no menor de dos años".


Que son los que NOS preocupan de su posible, abusiva e indebida aplicación.


Resumen:

Significa, que la ley aprobada si contiene la llamada AMNISTIA que algunos usuarios han esperado para ponerse al día.
¿Como será realmente el proceso de regularización con las nuevas autoridades con esa óptica nueva desarmista?...eso ya lo veremos una vez vigente la ley.

Y, respecto al mamotreto de LEY N° 735, aunque NO ha sido aun aprobada, NO significa que NO lo sea en cualquier momento, y tampoco eso le quita ni un gramo de peso en la responsabilidad a quienes la han CREADO y siguen promoviéndola para su aprobación, y por si hay dudas las firmas están al final de ese irrito documento anticonstitucional, y en primer lugar esta la firma del "figureti" de moda.


Publico esta rectificación, pues creo que por mucha razón que tengamos en protestar y evitar abusos, también si cometemos algún error que induzca involuntariamente a otros a cometerlo, es justo así decirlo para evitarlo.


Fuerte abrazo.
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: lobo en 25 de Enero de 2012, 01:05:24 AM
Hola mi estimado Manuel, no te preocupes tu credibilidad esta intacta y mas con esta rectificacion, a cualquiera le puede pasar.
A proposito nuestros padres de la patria deberian ver un poco de esto y desasnarze, no se que opinan los demas ahi dejo el link.

http://nitro-armasdefuego.blogspot.com/2011/05/legislacion-en-materia-de-armas-de.html

Un abrazo Manuel.

Saludos
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: lorenzomulanovich en 25 de Enero de 2012, 01:22:22 PM

Hola tocayos.

Saben si ya fue publicada en El Peruana la ley de desarme de Reggiardo??

Hay que ponerse pilas para pedir su revocación!!

Saludos.

Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: Bucanero en 25 de Enero de 2012, 04:57:45 PM
Al fin tenemos personas dispuestas a defender los derechos de los usuarios legales, la pregunta es: ¿Cuantos de ustedes ya se han inscrito y pagado su aporte?

Las inscripciones on line las pueden hacer aqui:

http://www.applaf.org/pb/wp_53e10703/wp_53e10703.html

El aporte:

Adulto: S/. 100.00
Adulto mayor y damas: S/. 75.00
Institucional: S/. 500.00

El pago de su membresia se hace en la cuenta del BCP 193-22617774-0-34 por transferencia on line deposito en ventanilla deposito en agentes (los hay en todos lados)

Enviar el voucher y el formato de inscripcion a: informes@applaf.org

Saludos:

Juan Cano

"No llores como mujer lo que no supiste defender como hombre"
Aixa, madre de Boabdil
Título: Re: Proyecto LEY AMNISTIA y Modificaciones APROBADO (Congreso)...
Publicado por: HKID en 25 de Enero de 2012, 05:49:51 PM
yo ya me inscribi e hice el depósito, vamos, es lo que esperabamos
Hkid