PL 00421: ¿una sola arma de defensa personal? Lo que dicen (y no dicen) los datos
En el Congreso se tramita el Proyecto de Ley 00421-2026-2031-CD, que propone modificar la Ley 30299 en dos frentes. El primero es dar a la Policía Nacional acceso directo a los registros de SUCAMEC. El segundo es reducir el número de armas permitidas para defensa personal (licencia L1): hoy son hasta dos, con una tercera excepcional, y el proyecto propone una sola por persona, sin excepción.
Nadie discute que el desvío de armas del circuito legal al mercado criminal es un problema real que hay que enfrentar. La pregunta es otra: ¿demuestra el proyecto que quitarle la segunda arma al ciudadano que cumple la ley reduce ese desvío? Revisamos una por una las cifras y fuentes que cita el proyecto, y la respuesta es no.
Lo que encontramos
1. Las cifras no miden lo que el proyecto pretende probar.
El proyecto cita más de 3 500 armas incautadas, 10 407 armas reportadas como perdidas o robadas y 443 armas internadas en un operativo. Son categorías distintas: fiscalizaciones administrativas, denuncias de pérdida e investigaciones puntuales. Ninguna indica cuántas armas usadas en delitos eran la segunda arma L1 de su titular, que es precisamente el dato que justificaría la medida.
2. Las pérdidas y robos están bajando con la ley actual.
Según la propia SUCAMEC, los reportes de armas perdidas, robadas o hurtadas bajaron de 3 280 en 2023 a 2 158 en 2025. Es una caída del 34 %, y los robos en particular cayeron 56 %. Todo eso ocurrió con el límite actual de dos armas.
3. El mecanismo de desvío documentado no depende de la segunda arma.
SUCAMEC ha desarticulado redes que compraban armas mediante prestanombres y luego las reportaban como perdidas. Un límite por persona es justamente lo que un testaferro esquiva, porque cada prestanombre compra dentro de su propio cupo. Lo que ataca ese esquema son las alertas por compras sucesivas, el cruce de vínculos entre compradores y la verificación de denuncias repetidas.
4. El proyecto contradice a SUCAMEC.
El borrador de reforma que elaboró la propia SUCAMEC en marzo de 2024 mantenía dos armas de defensa personal y una tercera excepcional. Su preocupación estaba en otra parte: personas que acumulan entre 35 y 65 armas registradas para caza o deporte, modalidades que hoy no tienen límite legal. El proyecto invierte ese diagnóstico sin explicar por qué.
5. La regulación es asimétrica.
El proyecto fija por ley un máximo de una arma para defensa personal, pero para caza, deporte y colección se limita a remitir al reglamento, sin fijar ninguna cifra en la ley.
6. No hay análisis de eficacia ni de costo-beneficio.
Las armas ya registradas se conservan, así que la medida solo afecta nuevas compras. El expediente no estima cuántos delitos o desvíos evitaría, no evalúa alternativas menos restrictivas ni mide el impacto sobre miles de ciudadanos que cumplen la ley: personas que aprobaron sus evaluaciones, registran sus armas y las custodian correctamente.
Nuestra posición
No nos oponemos a una regulación seria de armas. Al contrario, respaldamos mejorar la trazabilidad, la interoperabilidad entre la PNP y SUCAMEC con salvaguardas de acceso y auditoría, límites para caza y deporte y controles focalizados contra los prestanombres y las denuncias falsas de pérdida.
Lo que pedimos es que las leyes se sustenten en evidencia. Restringir al usuario formal sin demostrar que eso reduce la criminalidad no mejora la seguridad; solo traslada la carga a quien cumple la ley.
Descarga el informe completo
Preparamos un informe técnico de 9 páginas que desarrolla estos puntos con las fuentes oficiales y aplica el test de proporcionalidad del Tribunal Constitucional. Incluye además las preguntas que la comisión dictaminadora debería formular y una propuesta alternativa de redacción del artículo 19.
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