Proyecto de Modificación de la Ley 30299: Lo que se viene para la tenencia de armas en Perú

La Ley N° 30299, que regula las armas de fuego, municiones, explosivos y productos pirotécnicos de uso civil en Perú, está en proceso de ser modificada. La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC) ha impulsado un proyecto de ley que busca actualizar y fortalecer el marco legal vigente .

La iniciativa, que estuvo abierta a comentarios ciudadanos hasta marzo de 2024 , responde a la necesidad de reforzar el control irrestricto de las armas de fuego y frenar el desvío de armamento legal hacia el mercado ilegal . El problema es alarmante: entre 2017 y 2023, se reportaron 7,579 armas de fuego robadas a nivel nacional .

A continuación, te detallamos los cambios más relevantes que propone este proyecto.


¿Por qué SUCAMEC Indica que es necesaria una modificación?

El principal objetivo del proyecto es reducir el alto número de armas de fuego robadas que terminan en manos de la delincuencia organizada . La SUCAMEC ha identificado que muchos robos se dan por falta de medidas de seguridad adecuadas en los hogares y que algunas explicaciones de los usuarios sobre la pérdida de sus armas resultan «inverosímiles» . Se busca, en concreto, una reducción del 10% en la cantidad de armas robadas .

Otro problema que se busca atacar es la saturación de los almacenes de la SUCAMEC. Actualmente, existen 17,720 armas de fuego depositadas en sus almacenes, pendientes de un proceso que puede durar hasta tres años para ser declaradas en abandono . La modificación busca agilizar este proceso.


Principales cambios propuestos

La propuesta de modificación abarca diversos artículos de la Ley 30299 . Estos son los puntos clave:

1. Renovación de licencias: más ágil y con base legal

Actualmente, la Ley 30299 no contempla de manera explícita el procedimiento de renovación de licencias. Esto ha generado que los ciudadanos tengan que tramitar una nueva licencia desde cero, con todos los requisitos que ello implica . El proyecto busca corregir esta omisión para:

  • Dotar de legalidad plena a los trámites de renovación.

  • Reducir cargas administrativas innecesarias para los usuarios, quienes podrían renovar con menores requisitos al confirmar que su situación no ha cambiado .

2. Nuevas obligaciones y prohibiciones

  • Límite de armas por persona: Se propone limitar el número de armas de fuego que puede adquirir una persona natural. La justificación es que, a mayor cantidad de armas en posesión de un usuario, mayor es la probabilidad de que sean robadas y desviadas al crimen organizado .

  • Límite de municiones: También se plantea un tope en la cantidad de cartuchos y municiones que se pueden poseer por modalidad, una medida que busca controlar el arsenal privado .

  • Seguridad en el almacenamiento: Se dispondrá la obligación de contar con un ambiente con medidas de seguridad idóneas para quienes posean más de cinco (05) armas de fuego, para prevenir robos, hurtos y accidentes .

3. Consecuencias más estrictas por pérdida o robo

  • Inhabilitación por negligencia: Si un usuario reporta dos (02) eventos de pérdida, hurto o robo de armas en un lapso de dos años, podría ser inhabilitado por tres años para obtener nuevas licencias o tarjetas de propiedad, si se determina que hubo negligencia .

  • Declaración de abandono automática: Para aliviar la saturación de los almacenes, se propone que, transcurridos tres (03) años de haberse depositado un arma temporalmente, la declaración de abandono sea automática, notificando al usuario por su buzón electrónico .

4. Cambios en la modalidad y transferencia de armas

  • Eliminación de armas largas para defensa personal: Ante la escasa demanda (se emitieron solo 524 licencias para escopetas y 366 para carabinas entre 2016 y 2024), el proyecto plantea eliminar esta modalidad para defensa personal. Los titulares actuales podrían transferir sus armas o cambiar de modalidad .

  • Límite a la transferencia de armas: Para evitar que las personas se dediquen al comercio ilegal de armas usando su licencia como medio, se propone que las personas naturales solo puedan transferir un máximo de dos (02) armas de fuego cada tres (03) años .

  • Cambio de modalidad: Se permitirá a los titulares de una tarjeta de propiedad solicitar la modificación de la modalidad (por ejemplo, de «deporte» a «colección») siempre que no excedan el número de armas permitido .

5. Fiscalización y control reforzados

  • Verificaciones periódicas: Las empresas de seguridad privada tendrán la obligación de verificar anualmente que su personal operativo no registre antecedentes penales o policiales, y reportarlo a la SUCAMEC. La SUCAMEC, por su parte, se encargará de verificar los antecedentes penales históricos de ese personal .

  • Nuevos supuestos de sanción: Se añaden nuevos supuestos para el depósito de armas y se refuerzan las sanciones para quienes no cumplan con las obligaciones, como la de notificar la pérdida o robo en un plazo de 48 horas .


¿En qué estado se encuentra el proyecto?

El proceso ha avanzado de la siguiente manera:

  1. Publicación del borrador: En marzo de 2024, la SUCAMEC publicó el borrador del proyecto de ley y abrió un periodo de comentarios ciudadanos .

  2. Opinión técnica: En abril de 2024, la Gerencia de Armas, Municiones y Artículos Conexos (GAMAC) emitió un informe técnico detallando la necesidad y el alcance de las modificaciones .

  3. Análisis de Impacto Regulatorio (AIR): En junio de 2024, se presentó el Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, que fue evaluado por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria. El dictamen final de dicha comisión se emitió también en junio de 2024 .

Hasta la fecha, el proyecto se encuentra en etapa de revisión y ajuste para su posterior presentación formal ante el Poder Legislativo.


Enlaces oficiales para consultar el proyecto


¿Te gustaría que profundicemos en alguna modificación específica o en cómo te afectaría como usuario? Déjanos tu consulta en los comentarios.